C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230213-22)
Extracto convocatoria subvenciones –  Anuncio del extracto de la Orden 2630/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2023
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 37

LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 83

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
22

ANUNCIO del extracto de la Orden 2630/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas
privadas para realizar proyectos de música en 2023.
BDNS: 671953

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero
Beneficiarios
Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de pyme del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión
de 17 de junio de 2014. El solicitante deberá tener el domicilio fiscal en la Comunidad de
Madrid.
El empresario autónomo y la empresa como entidad jurídica deberá tener, al menos,
una antigüedad de dos años de actividad profesional, o su administrador o socio mayoritario, una trayectoria profesional suficientemente acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o de manera discontinua en los cuatro últimos años.
En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor. El empresario autónomo podrá acreditar su
trayectoria profesional si tiene, al menos, dos años como profesional de los últimos cuatro.
No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas
o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de
bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
En el caso de que un proyecto cultural estuviera siendo elaborado mediante coproducción por varias empresas con sede en Madrid, solo podrá resultar beneficiaria de la ayuda
aquella que ejecute el gasto y tenga el porcentaje mayoritario de la misma. En el caso de
que el porcentaje fuese el mismo en dos o más empresas, solo se admitirá una solicitud por
proyecto.
En el caso de que el proyecto sea coproducido por una empresa con sede en Madrid y
otras de ámbito nacional o internacional que no lo tengan, se deberá presentar el contrato
de coproducción y solo podrá ser beneficiaria la primera por el gasto real que produzca e
indique en el presupuesto correspondiente, dentro del presupuesto total del proyecto.
Los requisitos exigidos al beneficiario para la obtención de la subvención deberán
mantenerse desde la solicitud hasta la justificación formal de la ayuda concedida.
Segundo
La realización de proyectos de música en 2023 en las siguientes modalidades:
a) Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: ópera y
zarzuela.
b) Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.
c) Producción y exhibición de ciclos o festivales y conciertos.
Se entenderá por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes. Las distintas modalidades son compatibles entre sí.

BOCM-20230213-22

Objeto