C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230213-19)
Extracto convocatoria subvenciones –  Anuncio del extracto de la Orden 2627/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 78

LUNES 13 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 37

Cuarto
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 1.050.000 euros. El importe convocado por
modalidades será el siguiente:
1. Producción y estreno de una obra teatral: 750.000 euros.
2. Producción y estreno de una obra coreográfica: 300.000 euros.
La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 41.500 euros.
La determinación de la cuantía, que tendrá como límite el importe de la subvención solicitada, no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sexto
Periodo subvencionable
Desde el 1 de octubre de 2022 al 14 de diciembre de 2023. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 15 de diciembre de 2022 y 14 de diciembre de 2023.
Séptimo
Plazo de justificación
El abono de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria a los beneficiarios, mediante un anticipo a cuenta del 100 por 100 de la ayuda concedida, tras la adjudicación y previa aceptación de la ayuda por los beneficiarios y compromiso de cumplir con las obligaciones que las normas reguladoras establecen, sin obligación de presentar garantías o avales
ante el órgano instructor por dicho importe.
En cualquier caso, el beneficiario deberá justificar el cumplimiento de la finalidad para
la que se concedió y acreditación de la misma en los términos indicados por el artículo 25
del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en relación
con lo previsto por el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar la justificación requerida y documentación acreditativa es hasta el 15 de diciembre del año 2023.
En Madrid, a 28 de diciembre de 2022.
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ

BOCM-20230213-19

(03/2.047/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791