D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230211-5)
Convenio – Convenio de colaboración de 23 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, para la regulación de las condiciones de integración de dicho municipio en la Red Teatros de la Comunidad de Madrid, en su modalidad intermitente
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BOCM
SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 36
Cuarto
Que la Orden 2466/1997, del Consejero de Educación y Cultura, de 2 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de septiembre), reguló el procedimiento de acceso de las entidades locales a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid, estableciéndose la distinción entre la Red de Teatros y la Red Intermitente de Actividades Escénicas.
Quinto
Que la evolución de la Red de Teatros precisó una nueva regulación a través de la Orden 1076/2000, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre), por la que se regula el procedimiento de acceso
a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid y en la que se recogen las peculiaridades de
la programación en la modalidad intermitente en la programación de las artes escénicas.
Sexto
Que el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo para la gestión de sus intereses y en el
ámbito de sus competencias, puede promover todo tipo de actividades culturales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
Séptimo
Que el municipio declara que el recinto que va a integrar en la Red cumple los requisitos señalados en la Orden 1076/2000, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura.
Octavo
Que la integración en dicha Red contribuye al desarrollo y promoción cultural, facilitando la labor de las entidades locales de la Comunidad de Madrid en la difusión de las artes escénicas y musicales como servicio público a sus ciudadanos e impulsoras de la creación artística en este sector.
Noveno
Que la participación de los municipios que conforman la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid debe ser cada vez más activa.
Décimo
Por todo lo anteriormente expuesto, es intención de ambas partes la suscripción del
presente Convenio de colaboración, que regulará las condiciones de integración del municipio en la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
Es objeto del presente Convenio regular las condiciones de la integración del municipio de Colmenar del Arroyo en la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Objetivos de la Red
1. Fomentar y facilitar el acceso a la cultura de los ciudadanos madrileños, y en concreto a las creaciones escénicas y musicales.
2. Potenciar la distribución y exhibición de espectáculos de máxima calidad de artes
escénicas y musicales con programaciones estables en los teatros de titularidad pública del
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
3. Contribuir a la mejora de los recursos en dotación e infraestructura, económicos,
humanos y de comunicación en los teatros adscritos a la Red de Teatros de la Comunidad
de Madrid.
4. Potenciar la creación de nuevos públicos para los teatros de la Red.
5. Promover la coordinación y cooperación de la Red con otros circuitos y teatros públicos del país.
6. Posibilitar la cooperación, coordinación y equilibrio entre los diferentes teatros de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230211-5
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 36
Cuarto
Que la Orden 2466/1997, del Consejero de Educación y Cultura, de 2 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de septiembre), reguló el procedimiento de acceso de las entidades locales a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid, estableciéndose la distinción entre la Red de Teatros y la Red Intermitente de Actividades Escénicas.
Quinto
Que la evolución de la Red de Teatros precisó una nueva regulación a través de la Orden 1076/2000, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre), por la que se regula el procedimiento de acceso
a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid y en la que se recogen las peculiaridades de
la programación en la modalidad intermitente en la programación de las artes escénicas.
Sexto
Que el Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo para la gestión de sus intereses y en el
ámbito de sus competencias, puede promover todo tipo de actividades culturales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
Séptimo
Que el municipio declara que el recinto que va a integrar en la Red cumple los requisitos señalados en la Orden 1076/2000, de 1 de diciembre, de la Consejería de Cultura.
Octavo
Que la integración en dicha Red contribuye al desarrollo y promoción cultural, facilitando la labor de las entidades locales de la Comunidad de Madrid en la difusión de las artes escénicas y musicales como servicio público a sus ciudadanos e impulsoras de la creación artística en este sector.
Noveno
Que la participación de los municipios que conforman la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid debe ser cada vez más activa.
Décimo
Por todo lo anteriormente expuesto, es intención de ambas partes la suscripción del
presente Convenio de colaboración, que regulará las condiciones de integración del municipio en la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
Es objeto del presente Convenio regular las condiciones de la integración del municipio de Colmenar del Arroyo en la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid.
Segunda
Objetivos de la Red
1. Fomentar y facilitar el acceso a la cultura de los ciudadanos madrileños, y en concreto a las creaciones escénicas y musicales.
2. Potenciar la distribución y exhibición de espectáculos de máxima calidad de artes
escénicas y musicales con programaciones estables en los teatros de titularidad pública del
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
3. Contribuir a la mejora de los recursos en dotación e infraestructura, económicos,
humanos y de comunicación en los teatros adscritos a la Red de Teatros de la Comunidad
de Madrid.
4. Potenciar la creación de nuevos públicos para los teatros de la Red.
5. Promover la coordinación y cooperación de la Red con otros circuitos y teatros públicos del país.
6. Posibilitar la cooperación, coordinación y equilibrio entre los diferentes teatros de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230211-5
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID