D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230211-3)
Convenio –  Convenio de 10 de enero de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, a través del SUMMA 112, y la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería-FUDEN, para la realización de prácticas que integran el programa docente del curso de postgrado no oficial de “Enfermería en Urgencias Extrahospitalarias” a realizar en el SUMMA 112
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 18

SÁBADO 11 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 36

personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado, ni tampoco ceder a
otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez cumplido el periodo
de prácticas acordado en virtud del Convenio de Cooperación Educativa.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de SUMMA 112 obtenida de sus sistemas
de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por
escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud de Convenio de Cooperación
Educativa, los datos personales pertenecientes a SUMMA 112 que pudiera tener bajo control del
abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al centro por el método acordado, así como cualquier
otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
4. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones del SERMAS, se hará con la
autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de seguridad que se
marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la autorización por escrito del
Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de Información y
Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en SUMMA 112. La función del
enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir
instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información
de SUMMA 112 sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los programas informáticos
propiedad de SERMAS están protegidos por propiedad intelectual, y por tanto está estrictamente
prohibida su reproducción, modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
7. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de SUMMA 112, el uso,
reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier otro tipo de obra o
invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las
políticas, normas y procedimientos de SUMMA 112 y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la
normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en SUMMA 112 deberá llevar en lugar plenamente visible la tarjeta
identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole como
estudiante. Al finalizar el período de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente
expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo: Correo electrónico corporativo:
El tutor profesional se compromete a:

2. Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el respeto
con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la información
contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de docencia.
3. Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la normativa
aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
4. Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la realización de las prácticas.
5. Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las prácticas
e informarle sobre el correcto uso de los mismos.

BOCM-20230211-3

1. Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.