C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230210-29)
Bases ayudas – Orden 83/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid para la implantación de Zonas de Bajas Emisiones y la adaptación al cambio climático
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 35
y el fomento del empleo. Dichos planes están basados en la colaboración entre la Administración estatal y las comunidades autónomas, que son las que desarrollan su tramitación y
asumen la gestión de los fondos y su distribución, con arreglo a criterios ajustados a los
principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.
Así, mediante Orden 1823/2021, de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión en la
Comunidad de Madrid de las ayudas contempladas en el PIMA Cambio Climático, cuya
convocatoria fue aprobada el 29 de diciembre de 2021, a través de la Orden 2641/2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 5, de 7 de enero de 2022). Se trata de
una línea de subvenciones dirigida, por un lado, a municipios y entidades locales de menos
de 100.000 habitantes para la realización de actuaciones piloto de carácter innovador y la redacción de proyectos e informes técnicos, con el objetivo de fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en zonas urbanas y periurbanas, y, por otro, a municipios con una
población comprendida entre 50.000 y 100.000 habitantes para la implantación de ZBE.
La tipología de acciones que se impulsan entra dentro de las competencias asumidas
por las administraciones autonómicas, entidades locales y municipios. Por ello, estas ayudas se han financiado por la vía de la Conferencia Sectorial, al considerarse que, tanto en la
fase de identificación de actuaciones y proyectos susceptibles de ser subvencionados y distribución de fondos a los municipios, como en la fase de seguimiento de su ejecución y resultados, son las comunidades autónomas los organismos más adecuados para garantizar la
aplicación de los criterios fijados en las respectivas convocatorias.
La tramitación de estas ayudas se ha llevado a cabo por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, como órgano competente para la instrucción del
procedimiento y la realización del seguimiento y control de las actuaciones. Durante el plazo habilitado al efecto, se presentaron un total de 43 solicitudes, de las que únicamente 10
pudieron obtener subvención, en base al crédito disponible en la convocatoria y a los criterios establecidos en las bases reguladoras, teniendo que ser denegadas el resto.
Por este motivo, dada la cantidad de proyectos que quedaron sin subvención durante
la convocatoria del PIMA Cambio Climático, la Comunidad de Madrid, consciente de las
dificultades a las que se enfrentan los municipios de la región para paliar los efectos del
cambio climático y el desafío que suponen los nuevos retos sobre movilidad derivados de
la normativa estatal, ha decidido volver a poner en marcha esta línea de ayudas, si bien en
esta ocasión con financiación propia.
De esta forma, las entidades locales tendrán ahora una nueva oportunidad de promover
sus proyectos en materia de adaptación al cambio climático, cuyo emprendimiento resulta
fundamental para reducir la exposición y la vulnerabilidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales frente al cambio climático y también para mejorar su capacidad para recuperarse y restablecerse tras las perturbaciones, cada vez más frecuentes, asociadas al clima.
Asimismo, con esta línea de ayudas se presenta una nueva ocasión de impulsar la creación de zonas de bajas emisiones en los municipios de la región, cuyo diseño e implantación,
además de suponer una gran dificultad técnica por los requisitos que se deben cumplir, necesitan una inversión importante a fin de garantizar que contribuyen a mejorar la calidad del
aire y del medio ambiente sonoro, así como a mitigar el cambio climático e impulsar una movilidad más sostenible.
En este sentido, y respecto a la convocatoria anterior, se ha decidido ampliar el número de entidades beneficiarias de esta línea de ayudas, al dirigirse, no solo a los municipios
de entre 50.000 y 100.000 habitantes sino también a los que tengan una población comprendida entre 100.000 y 250.000 habitantes como destinatarios de las ayudas para la implementación de ZBE.
Por todo lo anteriormente expuesto, con estas ayudas la Comunidad de Madrid apuesta de manera decidida por ayudar a los municipios de la región a reducir los riesgos derivados del cambio climático, así como a implementar actuaciones para impulsar una movilidad sostenible, en la que las zonas de bajas emisiones juegan un papel esencial, no solo para
reducir las emisiones de gases de efecto invernadero sino también para mejorar la calidad
del aire en las ciudades.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid, tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en
virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado
por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero y, de forma específica, del artículo 4 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230210-29
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 35
y el fomento del empleo. Dichos planes están basados en la colaboración entre la Administración estatal y las comunidades autónomas, que son las que desarrollan su tramitación y
asumen la gestión de los fondos y su distribución, con arreglo a criterios ajustados a los
principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.
Así, mediante Orden 1823/2021, de 10 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión en la
Comunidad de Madrid de las ayudas contempladas en el PIMA Cambio Climático, cuya
convocatoria fue aprobada el 29 de diciembre de 2021, a través de la Orden 2641/2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 5, de 7 de enero de 2022). Se trata de
una línea de subvenciones dirigida, por un lado, a municipios y entidades locales de menos
de 100.000 habitantes para la realización de actuaciones piloto de carácter innovador y la redacción de proyectos e informes técnicos, con el objetivo de fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en zonas urbanas y periurbanas, y, por otro, a municipios con una
población comprendida entre 50.000 y 100.000 habitantes para la implantación de ZBE.
La tipología de acciones que se impulsan entra dentro de las competencias asumidas
por las administraciones autonómicas, entidades locales y municipios. Por ello, estas ayudas se han financiado por la vía de la Conferencia Sectorial, al considerarse que, tanto en la
fase de identificación de actuaciones y proyectos susceptibles de ser subvencionados y distribución de fondos a los municipios, como en la fase de seguimiento de su ejecución y resultados, son las comunidades autónomas los organismos más adecuados para garantizar la
aplicación de los criterios fijados en las respectivas convocatorias.
La tramitación de estas ayudas se ha llevado a cabo por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, como órgano competente para la instrucción del
procedimiento y la realización del seguimiento y control de las actuaciones. Durante el plazo habilitado al efecto, se presentaron un total de 43 solicitudes, de las que únicamente 10
pudieron obtener subvención, en base al crédito disponible en la convocatoria y a los criterios establecidos en las bases reguladoras, teniendo que ser denegadas el resto.
Por este motivo, dada la cantidad de proyectos que quedaron sin subvención durante
la convocatoria del PIMA Cambio Climático, la Comunidad de Madrid, consciente de las
dificultades a las que se enfrentan los municipios de la región para paliar los efectos del
cambio climático y el desafío que suponen los nuevos retos sobre movilidad derivados de
la normativa estatal, ha decidido volver a poner en marcha esta línea de ayudas, si bien en
esta ocasión con financiación propia.
De esta forma, las entidades locales tendrán ahora una nueva oportunidad de promover
sus proyectos en materia de adaptación al cambio climático, cuyo emprendimiento resulta
fundamental para reducir la exposición y la vulnerabilidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales frente al cambio climático y también para mejorar su capacidad para recuperarse y restablecerse tras las perturbaciones, cada vez más frecuentes, asociadas al clima.
Asimismo, con esta línea de ayudas se presenta una nueva ocasión de impulsar la creación de zonas de bajas emisiones en los municipios de la región, cuyo diseño e implantación,
además de suponer una gran dificultad técnica por los requisitos que se deben cumplir, necesitan una inversión importante a fin de garantizar que contribuyen a mejorar la calidad del
aire y del medio ambiente sonoro, así como a mitigar el cambio climático e impulsar una movilidad más sostenible.
En este sentido, y respecto a la convocatoria anterior, se ha decidido ampliar el número de entidades beneficiarias de esta línea de ayudas, al dirigirse, no solo a los municipios
de entre 50.000 y 100.000 habitantes sino también a los que tengan una población comprendida entre 100.000 y 250.000 habitantes como destinatarios de las ayudas para la implementación de ZBE.
Por todo lo anteriormente expuesto, con estas ayudas la Comunidad de Madrid apuesta de manera decidida por ayudar a los municipios de la región a reducir los riesgos derivados del cambio climático, así como a implementar actuaciones para impulsar una movilidad sostenible, en la que las zonas de bajas emisiones juegan un papel esencial, no solo para
reducir las emisiones de gases de efecto invernadero sino también para mejorar la calidad
del aire en las ciudades.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid, tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en
virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado
por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero y, de forma específica, del artículo 4 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230210-29
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