B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230209-11)
Convocatoria puesto – Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a convocar el puesto directivo de Director/a-Gerente en el Hospital Universitario de “La Princesa” adscrito al Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 9 DE FEBRERO DE 2023
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to en las administraciones públicas como el sector privado. También deberá
contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de
idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta
Resolución.
— Proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá redactarse conforme al
formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.
— Documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base segunda
apartado 1.
b) El interesado podrá autorizar a que la Administración consulte los datos relativos al
DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales, tal y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el caso
de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de
estos documentos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por
el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.
d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en
cuenta las siguientes consideraciones:
— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación
profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico
de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados
en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid, preferentemente en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en
los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo
en 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las
oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de correos antes de su certificación. Asimismo podrán recibir notificaciones administrativas referidas a este procedimiento a través del
Sistema de Notificaciones Electrónicas, disponible en el citado portal, si así
lo indica en el impreso de la solicitud y se ha dado de alta en el sistema.
— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener la
condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y
presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la página web institucional de la Comunidad de Madrid
http://comunidad.madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y si ello no fuera posible en el registro de
la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como
en los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. La notificación se realizará a través de medios
electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto
legal, para ello, el solicitante debe estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, disponible en el portal
http://comunidad.madrid, “Administración Electrónica”.
— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos
en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma.
BOCM-20230209-11
B.O.C.M. Núm. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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to en las administraciones públicas como el sector privado. También deberá
contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de
idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta
Resolución.
— Proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá redactarse conforme al
formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.
— Documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base segunda
apartado 1.
b) El interesado podrá autorizar a que la Administración consulte los datos relativos al
DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales, tal y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el caso
de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de
estos documentos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por
el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.
d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en
cuenta las siguientes consideraciones:
— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación
profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico
de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados
en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid, preferentemente en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en
los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo
en 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las
oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de correos antes de su certificación. Asimismo podrán recibir notificaciones administrativas referidas a este procedimiento a través del
Sistema de Notificaciones Electrónicas, disponible en el citado portal, si así
lo indica en el impreso de la solicitud y se ha dado de alta en el sistema.
— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener la
condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y
presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la página web institucional de la Comunidad de Madrid
http://comunidad.madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y si ello no fuera posible en el registro de
la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como
en los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. La notificación se realizará a través de medios
electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto
legal, para ello, el solicitante debe estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, disponible en el portal
http://comunidad.madrid, “Administración Electrónica”.
— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos
en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma.
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B.O.C.M. Núm. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID