Soto del Real (BOCM-20230207-58)
Régimen económico. Plan estratégico subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
Objetivos específicos:
— Ayudar económicamente a las Familias numerosas en el desarrollo de diferentes
actividades culturales, deportivas y educativas.
Subvención para ayuda en construcciones para conseguir la calificación de eficiencia
energética y obras necesarias para instalar en las viviendas puntos de recarga de
vehículos eléctricos e híbridos enchufables
Objetivo estratégico:
a) El fomento de las obras encaminadas a conseguir la calificación de eficiencia
energética “A” o “B” en los edificios de Soto del Real.
b) El fomento de las obras necesarias para instalar en las viviendas puntos de recarga
de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Las obras e instalaciones a las que se refieren los dos párrafos anteriores se considerarán tanto para los edificios existentes en las que se alcance un nivel de calificación energética “A” o “B” como para aquellos edificios de nueva construcción cuya calificación obtenida sea “A”, expresadas en cualquier caso mediante la etiqueta de eficiencia energética.
Objetivo específico:
— Ayuda a los vecino del municipio de Soto del Real para conseguir la Calificación
de Eficiencia Energética
— Ayuda a los vecinos del municipio en la ejecución de obras necesarias para instalar
en las viviendas puntos de recarga de vehículos eléctricos e híbridos enchufable.
Cuarta.—La financiación de las subvenciones que conceda el Ayuntamiento de Soto
del Real se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al Capítulo IV de los Presupuestos de Gastos Municipales de los ejercicios correspondientes.
Los costes previsibles para atender las previsiones del presente Plan para cada ejercicio se determinarán en los presupuestos del correspondiente año.
Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por el Ayuntamiento de Soto del Real, el plazo de desarrollo de estas actuaciones será siempre anual,
sin perjuicio de aquellas actividades que se consoliden en el tiempo, o cuya actuación necesite un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando
anualmente los requisitos que establece la ordenanza.
Quinta.—Anualmente se pondrá a disposición de la Junta de Gobierno Local y de la
Comisión de Hacienda un resumen objetivo de los resultados de la acción subvencionadora municipal.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los
medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.
La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones
que faciliten la fiscalización de las mismas.
En Soto del Real, a 18 de enero de 2023.—La Concejala Delegada de Empleo y Desarrollo Local».
Sometida a votación la propuesta que antecede la misma es aprobada por 8 votos a favor del PSOE y 5 abstenciones del PP, VOX y C´s.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del RDL 781/l986 de 18 de abril, en
relación con el 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de
un mes para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al
de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante
el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría Municipal en horas de oficina. En caso de no
presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
Soto del Real, a 27 de enero de 2023.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(03/1.463/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230207-58
Segundo.—Ordenar la publicación del Plan Estratégico de Subvenciones, una vez
aprobado, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Soto del Real, a 18 de enero de 2023.—La alcaldesa.
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 32
Objetivos específicos:
— Ayudar económicamente a las Familias numerosas en el desarrollo de diferentes
actividades culturales, deportivas y educativas.
Subvención para ayuda en construcciones para conseguir la calificación de eficiencia
energética y obras necesarias para instalar en las viviendas puntos de recarga de
vehículos eléctricos e híbridos enchufables
Objetivo estratégico:
a) El fomento de las obras encaminadas a conseguir la calificación de eficiencia
energética “A” o “B” en los edificios de Soto del Real.
b) El fomento de las obras necesarias para instalar en las viviendas puntos de recarga
de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Las obras e instalaciones a las que se refieren los dos párrafos anteriores se considerarán tanto para los edificios existentes en las que se alcance un nivel de calificación energética “A” o “B” como para aquellos edificios de nueva construcción cuya calificación obtenida sea “A”, expresadas en cualquier caso mediante la etiqueta de eficiencia energética.
Objetivo específico:
— Ayuda a los vecino del municipio de Soto del Real para conseguir la Calificación
de Eficiencia Energética
— Ayuda a los vecinos del municipio en la ejecución de obras necesarias para instalar
en las viviendas puntos de recarga de vehículos eléctricos e híbridos enchufable.
Cuarta.—La financiación de las subvenciones que conceda el Ayuntamiento de Soto
del Real se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al Capítulo IV de los Presupuestos de Gastos Municipales de los ejercicios correspondientes.
Los costes previsibles para atender las previsiones del presente Plan para cada ejercicio se determinarán en los presupuestos del correspondiente año.
Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por el Ayuntamiento de Soto del Real, el plazo de desarrollo de estas actuaciones será siempre anual,
sin perjuicio de aquellas actividades que se consoliden en el tiempo, o cuya actuación necesite un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando
anualmente los requisitos que establece la ordenanza.
Quinta.—Anualmente se pondrá a disposición de la Junta de Gobierno Local y de la
Comisión de Hacienda un resumen objetivo de los resultados de la acción subvencionadora municipal.
El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los
medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.
La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones
que faciliten la fiscalización de las mismas.
En Soto del Real, a 18 de enero de 2023.—La Concejala Delegada de Empleo y Desarrollo Local».
Sometida a votación la propuesta que antecede la misma es aprobada por 8 votos a favor del PSOE y 5 abstenciones del PP, VOX y C´s.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del RDL 781/l986 de 18 de abril, en
relación con el 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de
un mes para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al
de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante
el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría Municipal en horas de oficina. En caso de no
presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
Soto del Real, a 27 de enero de 2023.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
(03/1.463/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230207-58
Segundo.—Ordenar la publicación del Plan Estratégico de Subvenciones, una vez
aprobado, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Soto del Real, a 18 de enero de 2023.—La alcaldesa.