Cenicientos (BOCM-20230207-37)
Régimen económico. Ordenanza fiscal precio público recarga
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 32

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37

CENICIENTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Cenicientos de 7 de noviembre de 2022, aprobando el establecimiento del precio público por suministro de recarga eléctrica en estaciones de recarga municipales, cuyo
texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 44 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO
POR SUMINISTRO DE RECARGA ELÉCTRICA EN ESTACIONES
DE RECARGA MUNICIPALES
Artículo 1. Fundamento.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Cenicientos establece el precio público por el suministro de recarga eléctrica
para vehículos eléctricos en estaciones de recarga municipales que se regirá por la presente ordenanza.
Art. 2. Objeto.—Es objeto del presente precio público, el suministro de recarga eléctrica en estaciones de recarga municipales para los usuarios interesados en recargar su de
vehículo eléctrico en la vía pública.
Art. 3. Obligados al pago.—Están obligados al pago del presente precio público los
usuarios que realicen la carga de sus vehículos en las estaciones de recarga municipales de
vehículos eléctricos en la vía pública.
El alta en la aplicación móvil (APP) asociada a la estación de recarga, permite a la persona usuaria hacer las recargas eléctricas en la red municipal de Cenicientos con las tarifas
vigentes aprobadas por el Ayuntamiento.
Las tarifas de recarga serán visibles en la APP previo al inicio del proceso de recarga.
Art. 4. Cuantía.—La cuantía del precio se establece en 0,35 euros/kWh (IVA incluido), para cubrir los costes asociados a la gestión y mantenimiento de este servicio municipal.
Art. 5. Normas de gestión de cobro.—Los interesados en recargar su vehículo eléctrico en los puntos de recarga municipales deberán acceder al suministro a través de las plataformas habilitadas tanto Web como APP, identificándose y utilizando la pasarela de pago
que se habilite al efecto.

La presente ordenanza, una vez aprobada en Pleno por el Ayuntamiento de Cenicientos, entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cenicientos, a 25 de enero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Natalia Núñez Jiménez.
(03/1.402/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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DISPOSICIÓN FINAL