Talamanca de Jarama (BOCM-20230207-61)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 193
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230207-61
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de diciembre de 2022,
ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 6/2022, en la
modalidad de suplemento de crédito financiado con nuevos/mayores ingresos y bajas por
anulación. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177.2 del TRLRHL, el
acuerdo adoptado y el expediente elaborado al efecto, se exponen al público por el plazo
de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que, por los que tengan la
condición legal de interesados, se puedan formular, en su caso, las reclamaciones que se
consideren oportunas, por los motivos legalmente establecidos y mediante escrito dirigido al Pleno, todo ello de conformidad con el artículo 170 TRLHL. En aplicación del acuerdo citado y las normas antes señaladas, la modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se presentase reclamación.
En Talamanca de Jarama, a 2 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Juan Manuel
García Sacristán.
(03/23.965/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 32
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MARTES 7 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 193
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230207-61
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de diciembre de 2022,
ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 6/2022, en la
modalidad de suplemento de crédito financiado con nuevos/mayores ingresos y bajas por
anulación. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177.2 del TRLRHL, el
acuerdo adoptado y el expediente elaborado al efecto, se exponen al público por el plazo
de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que, por los que tengan la
condición legal de interesados, se puedan formular, en su caso, las reclamaciones que se
consideren oportunas, por los motivos legalmente establecidos y mediante escrito dirigido al Pleno, todo ello de conformidad con el artículo 170 TRLHL. En aplicación del acuerdo citado y las normas antes señaladas, la modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se presentase reclamación.
En Talamanca de Jarama, a 2 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Juan Manuel
García Sacristán.
(03/23.965/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791