Getafe (BOCM-20230206-53)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 31

La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
g) Aceptación una vez aprobada por la Dirección Facultativa del Plan de Residuos de
Construcción y Demolición presentado por el contratista.
Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor del Concejal Delegado de Urbanismo, Modernización y Transparencia.
IV. Delegar en D. Sandalio Tijerín Bravo, Coordinador General de Cultura las siguientes atribuciones bajo la superior dirección del Concejal Delegado de Cultura y Convivencia, en su ámbito competencial:
a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.
b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
d) La autorización directa de uso de instalaciones culturales.
Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor del Concejal Delegado de Cultura y Convivencia.
V. Delegar en D. Daniel Sanz Yágüez, Coordinador General de Bienestar Social, las
siguientes atribuciones bajo la superior dirección de la Concejala Delegada de Bienestar
Social y Cooperación, en su ámbito competencial:
a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.
b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor de la Concejala
Delegada de Bienestar Social y Cooperación.
VI. Delegar en D. José Guillermo Fouce Fernández, Coordinador General de Salud
y Consumo, las siguientes atribuciones bajo la superior dirección de la Concejala Delegada de Salud, Juventud y Consumo, en su ámbito competencial:
a) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.
b) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Dejando sin efecto la delegación efectuada en estas materias a favor de la Concejala
Delegada de Salud, Juventud y Consumo.
El presente acuerdo entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Lo que se hace público para general conocimiento.
Getafe, a 25 de enero de 2023.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, María
Concepción Muñoz Yllera.
(03/1.398/23)
http://www.bocm.es

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ISSN 1989-4791

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