C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230206-19)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 3877/2022, de 16 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocan para el año 2023, las ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 102

LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 31

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
19

EXTRACTO de la Orden 3877/2022, de 16 de diciembre, de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocan para el año 2023,
las ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up).
BDNS (ID): 671844

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden de la convocatoria
de las ayudas de referencia cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias )
y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.madrid.org ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 1
y las jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de
antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2. En ambos casos deberán tener la categoría de pequeñas empresas en el momento de presentar la solicitud.
Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamente como
empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que
se conceda y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
Las ayudas se destinarán a fomentar la actividad de nuevas empresas innovadoras de
base tecnológica y la consolidación de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica
en la Comunidad de Madrid.
El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estas ayudas
y de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y
de innovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrollo regional por la estrategia regional de investigación e innovación para una especialización inteligente (S3).
Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas
para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymes
innovadoras (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 12 de
julio de 2022).
Cuarto
Cuantía de las ayudas
El crédito presupuestario para financiar esta convocatoria es de 2.400.000 euros.

BOCM-20230206-19

Bases reguladora