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Deportistas alto rendimiento –  Resolución 8/2023, de 25 de enero, del Director General de Deportes, por la que se dispone la publicación de los deportistas de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid que han obtenido su calificación durante el año 2022 y la de los deportistas que pierden dicha condición en 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 31

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 303

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
38

RESOLUCIÓN 8/2023, de 25 de enero, del Director General de Deportes, por la
que se dispone la publicación de los deportistas de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid que han obtenido su calificación durante el año 2022 y la de los
deportistas que pierden dicha condición en 2023.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, establece en su artículo 26.1.22 que la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de deporte.
La Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, dedica
la sección tercera del capítulo II de su título II a los deportistas de alto nivel, y establece, entre otros extremos, que la calificación como deportista de alto nivel comportará la posibilidad de acceder a las ayudas que la Administración Deportiva establezca, teniendo presente
la existencia de las ayudas otorgadas, en su caso, por otras Administraciones Públicas.
El Decreto 37/2014, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los
requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de la condición de deportista de alto
rendimiento de la Comunidad de Madrid, en adelante, Decreto 37/2014, de 3 de abril, del
Consejo de Gobierno, establece en el artículo 4.6 que “durante los tres primeros meses de
cada año se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID un listado
en el que se relacionen todos los deportistas de alto rendimiento que hayan obtenido su calificación durante el año anterior”.
Asimismo, el artículo 7.1.f) establece que la condición de deportista de alto rendimiento y sus beneficios se pierden por “el transcurso del plazo de tres años contados a partir de
la obtención del resultado deportivo que hizo al deportista merecedor de tal condición”.
En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el citado artículo 4 del Decreto 37/2014, de 3 de abril,
RESUELVO
Primero
Publicar la relación de deportistas que han obtenido la calificación de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid, correspondiente al año 2022, que figuran en el anexo I.
Segundo

BOCM-20230206-38

Publicar la relación de deportistas que pierden la condición de deportista de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid durante el año 2023, que figuran en el anexo II.
Madrid, a 25 de enero de 2023.—El Director General de Deportes, Fernando Benzo
Sainz.