D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230206-28)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 30 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Seculsa (Enseñanza y Cultura, S. A.), para el desarrollo del componente 21, inversión 2: Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 246

LUNES 6 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 31

ANEXO VIII
Declaración de cesión y tratamiento de datos
D./Dña.
Delegado/Gerente/ de la entidad
domicilio fiscal en

, con NIF
, con NIF

, como Consejero
, y

beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa como
contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos
definidos en el Componente 21 «Modernización y Digitalización del Sistema Educativo, incluida la educación
temprana de 0- 3 años», declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados
del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las
medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y
resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías
armonizadas de datos siguientes:
i. Nombre del perceptor final de los fondos.
ii. Nombre del contratista y subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de
conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública.
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista,
según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del
Consejo(26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de
recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que
indiquela cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán
tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la
aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los
fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319
del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de
rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por
separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines
expresamente relacionados en los artículos citados.
de

de 202

Fdo.
(Nombre, apellidos y cargo)

BOCM-20230206-28

,