Fuentidueña de Tajo (BOCM-20230202-74)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 28

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

FUENTIDUEÑA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

De acuerdo a la resolución de Alcaldía de 16 de enero de 2023, se procede a la publicación del calendario fiscal 2023, fijado por acuerdo del Pleno de aprobación de ordenanza de
gestión, recaudación e inspección de los tributos locales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 104, de 13 de mayo de 2017), en ejercicio de su potestad reglamentaria y de autoorganización (artículos 12 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo dispuesto, y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), y
anuncio de exposición pública de padrones y matrículas y anuncio cobratorio que regula los
períodos de cobro en voluntaria de los tributos de vencimiento periódico correspondientes al
ejercicio 2023 (artículo 64.5 de la citada ordenanza, artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Recaudación).
Calendario fiscal año 2023
1. El período voluntario de pago de los tributos periódicos será el siguiente:
a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: desde el 1 de mayo hasta el 30
de junio.
b) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: desde el 1 de septiembre
hasta el 31 de octubre.
c) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: desde el 1 de septiembre
hasta el 31 de octubre.
d) Impuesto sobre actividades económicas: desde el 1 de septiembre hasta el 31 de
octubre.
e) Tasa de basura: desde el 1 de mayo al 30 junio el primer semestre y del 1 de septiembre hasta el 31 de octubre el segundo semestre.
f) Los recibos del resto de tasas municipales se expedirán previa solicitud del interesado, concediéndoles el período de pago en vía voluntaria establecido en la legislación vigente.
2. Si el último día de plazo fuera sábado o día inhábil, el plazo finalizará el día hábil
inmediato posterior.
Exposición pública de padrones
Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de las mismas, se expondrán al público en las oficinas municipales (lunes a
viernes de 9:00 a 14:00 horas) quince días hábiles antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes.
— Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal para
el ejercicio 2023.
— Modalidad de cobro:
1. Mediante la presentación del documento cobratorio que facilitará el Ayuntamiento en las siguientes entidades bancarias colaboradoras y en los horarios
habituales establecidos por estas para tal fin: Banco Santander, Caixabank y
Correos Pay.
2. Por domiciliación bancaria: los sujetos pasivos podrán domiciliar el pago de
sus obligaciones tributarias en las entidades colaboradoras, para lo que deberán presentar la correspondiente solicitud en el Ayuntamiento con un mes de
antelación al inicio del período voluntario de pago. La domiciliación banca-

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