Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230201-79)
Régimen económico. Plan estratégico de subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 273
BOCM-20230201-79
e) Tipos de Ayudas:
— Inversión en infraestructuras por obras de reformas arquitectónicas para la
adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.
— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria), tecnológicos (equipamiento informático, audiovisual
y software necesario para la conectividad) y mobiliario.
— Estudios preparatorios: análisis de necesidades, diseño de proyectos, etc.
— Formación de usuarios y cuidadores cuando esta sea necesaria para el aprendizaje del manejo de los equipamientos tecnológicos.
Las ayudas no cubrirán los trabajos de mantenimiento ordinario de los edificios o sus
instalaciones, ni elementos decorativos u ornamentales.
Art. 8.—El Presidente efectuará el control del cumplimiento del presente Plan durante su período de vigencia.
En el primer trimestre de cada año, la titular de la Dirección de Servicios Sociales presentará ante la Junta Plenaria de la entidad, un informe en el que se evalúe la ejecución del Plan.
Art. 9.—Finalizada la vigencia del Plan, antes de la elaboración del siguiente y una vez
al año como mínimo, la titular de la Dirección de Servicios Sociales deberá presentar ante
la Junta Plenaria de la entidad, una actualización de los planes en una Memoria en la que se
contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y eficiencia del otorgamiento de subvenciones en la consecución de los objetivos y efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico
de Subvenciones”.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Griñón, a 23 de enero de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/1.105/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 273
BOCM-20230201-79
e) Tipos de Ayudas:
— Inversión en infraestructuras por obras de reformas arquitectónicas para la
adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.
— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria), tecnológicos (equipamiento informático, audiovisual
y software necesario para la conectividad) y mobiliario.
— Estudios preparatorios: análisis de necesidades, diseño de proyectos, etc.
— Formación de usuarios y cuidadores cuando esta sea necesaria para el aprendizaje del manejo de los equipamientos tecnológicos.
Las ayudas no cubrirán los trabajos de mantenimiento ordinario de los edificios o sus
instalaciones, ni elementos decorativos u ornamentales.
Art. 8.—El Presidente efectuará el control del cumplimiento del presente Plan durante su período de vigencia.
En el primer trimestre de cada año, la titular de la Dirección de Servicios Sociales presentará ante la Junta Plenaria de la entidad, un informe en el que se evalúe la ejecución del Plan.
Art. 9.—Finalizada la vigencia del Plan, antes de la elaboración del siguiente y una vez
al año como mínimo, la titular de la Dirección de Servicios Sociales deberá presentar ante
la Junta Plenaria de la entidad, una actualización de los planes en una Memoria en la que se
contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y eficiencia del otorgamiento de subvenciones en la consecución de los objetivos y efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico
de Subvenciones”.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Griñón, a 23 de enero de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/1.105/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791