Móstoles número 2 (BOCM-20230201-83)
Procedimiento 416/2022
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 279
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
83
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
BOCM-20230201-83
HAGO SABER: Que en el procedimiento 416/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MANUEL SASTRE RIZZO frente a CLUB DEPORTIVO SPORT
CENTER MANOLO SANTANA sobre Despido se ha dictado Decreto aprobando tasación
de costas cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma de 726,00 euros a cuyo pago
resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
Requiérase a la demandada para que en el plazo de cinco días proceda a abonar en la
cuenta nº 2851-0000-61-0416-22 la cantidad a la que asciende la presente tasación de Costas y liquidación de intereses con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá
por la vía de apremio.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres dias a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola
interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la
entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades
Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner
fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a CLUB DEPORTIVO SPORT CENTER MANOLO SANTANA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Móstoles, a once de enero de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/399/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 27
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 279
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
83
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
BOCM-20230201-83
HAGO SABER: Que en el procedimiento 416/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MANUEL SASTRE RIZZO frente a CLUB DEPORTIVO SPORT
CENTER MANOLO SANTANA sobre Despido se ha dictado Decreto aprobando tasación
de costas cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma de 726,00 euros a cuyo pago
resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
Requiérase a la demandada para que en el plazo de cinco días proceda a abonar en la
cuenta nº 2851-0000-61-0416-22 la cantidad a la que asciende la presente tasación de Costas y liquidación de intereses con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá
por la vía de apremio.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres dias a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola
interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la
entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades
Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner
fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a CLUB DEPORTIVO SPORT CENTER MANOLO SANTANA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en
el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Móstoles, a once de enero de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/399/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791