San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20230131-70)
Régimen económico. Calendario fiscal
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 26

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

De acuerdo con el informe-propuesta formulado en fecha 17 de enero de 2023 por la
Tesorería Municipal, emitido el mismo al amparo de lo dispuesto en el artículo cuarto, apartado 1.o de la vigente ordenanza general de recaudación de los tributos y otros ingresos de
derecho público locales, y fianzas y depósitos del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, la cual ha sido recientemente modificada en sesión plenaria el 27 de julio de 2021,
siendo publicada su exposición al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 238, de 6 de octubre de 2021, sin que se hayan presentado reclamaciones
de clase alguna contra el acuerdo de aprobación inicial alcanzado, efectuándose por consiguiente la publicación integra de la modificación definitivamente aprobada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 329, de 2 de diciembre de 2021 y, en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas, como concejala-delegada de Hacienda mediante decreto de Alcaldía 2019-3773, de 7 de noviembre de 2019, y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 185 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el TRLHL, y artículo 21.1.f) y ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril LRBRL, resuelvo:
Primero.—Aprobar el calendario fiscal de cobro de los tributos y otros ingresos de derecho público locales, y fianzas y depósitos del ejercicio 2023, siendo este el siguiente:

1.1. Padrones fiscales de cobro periódico, con plazo de pago 60 días naturales:
a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: desde el día 1 de abril al 31 de mayo.
b) Tasa por la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas (VADOS): del 1
de abril al 31 de mayo.
c) Tasa por la ocupación Dehesa de la Mata: del 1 de abril al 31 de mayo.
d) Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales: del 1 de junio al 31
de julio.
e) Tasa por la inserción de anuncios en el Libro de Fiestas: del 1 de septiembre al 31
de octubre.
f) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: del 1 de octubre al 30 de
noviembre.
g) Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de noviembre al 31 de diciembre.
1.2. El padrón fiscal de cobro periódico correspondiente al impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, conforme determina la ordenanza fiscal que lo regula, los recibos del
mismo serán expedidos para su cobro en base a dichos padrones en dos plazos, siendo estos,
de conformidad con el informe-propuesta de la Tesorería Municipal, los siguientes: primer plazo, del 1 de mayo al 30 de junio y segundo plazo, del 1 de septiembre al 31 de octubre.
1.3. Los padrones fiscales relativos a alquileres por viviendas municipales en carretera de Toledo, alquileres por viviendas municipales en calle Santa Catalina, alquileres por
naves industriales, alquileres por plazas de aparcamiento y precio público por Escuela de
Música, serán puestos al cobro con periodicidad mensual.
1.4. Los padrones correspondientes a las Tasas por mercadillo de venta ambulante y
mercado de abastos serán puestos al cobro con periodicidad trimestral, durante los meses
de marzo, junio, septiembre y diciembre.
1.5. El padrón fiscal de cobro periódico correspondiente a la tasa por recogida de basuras domiciliarias, conforme determina la ordenanza fiscal que lo regula, los recibos de la
misma serán expedidos para su cobro en base a dichos padrones en dos plazos, siendo éstos los siguientes: primer plazo, del 1 de mayo al 30 de junio y segundo plazo, del 1 de noviembre al 31 de diciembre.
1.6. El Sistema Especial de Pagos, será puesto al cobro durante nueve mensualidades consecutivas, comenzando la primera de ellas en el mes de abril, concluyendo el noveno y último plazo en el mes de diciembre de cada anualidad.

BOCM-20230131-70

Calendario fiscal para el año 2023