Boadilla del Monte (BOCM-20230131-49)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 278
MARTES 31 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 26
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
N.º
1
APELLIDOS Y NOMBRE
ALHAMBRA JIMENEZ, NORMA
DNI
TOTAL PUNTUACIÓN
***5525**
8,65
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 13.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al
de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para la presentación de la documentación exigida, a efectos del oportuno nombramiento como funcionaria de carrera.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
BOCM-20230131-49
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras
número 360/2023, de fecha 18 de enero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por el procedimiento extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal,
mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de funcionario de carrera de Arquitecto Técnico, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica,
grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de la persona
que a continuación se relaciona:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 278
MARTES 31 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 26
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
N.º
1
APELLIDOS Y NOMBRE
ALHAMBRA JIMENEZ, NORMA
DNI
TOTAL PUNTUACIÓN
***5525**
8,65
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 13.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al
de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para la presentación de la documentación exigida, a efectos del oportuno nombramiento como funcionaria de carrera.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
BOCM-20230131-49
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras
número 360/2023, de fecha 18 de enero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por el procedimiento extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal,
mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de funcionario de carrera de Arquitecto Técnico, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica,
grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de la persona
que a continuación se relaciona: