Bustarviejo (BOCM-20230130-53)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 25
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230130-53
El concejal de Hacienda, mediante decreto número 22/2023, de 19 de enero de 2023,
acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2023,
que estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento,
en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se
exponen a continuación:
— Tasa por recogida y tratamiento de residuos urbanos:
d Primer semestre: 21 de marzo al 22 de mayo. Domiciliados: 10 de mayo.
d Segundo semestre: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: 21 de marzo al 22 de mayo.
Domiciliados: 10 de mayo.
— Tasa entrada de vehículos: 21 de marzo al 22 de mayo. Domiciliados: 10 de mayo.
— IBI rústica: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— IBI urbana: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— Impuesto sobre actividades económicas: 18 de septiembre al 20 de noviembre.
Domiciliados: 20 de octubre.
En Bustarviejo, a 19 de enero de 2023.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.
(01/1.005/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 25
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230130-53
El concejal de Hacienda, mediante decreto número 22/2023, de 19 de enero de 2023,
acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2023,
que estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento,
en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se
exponen a continuación:
— Tasa por recogida y tratamiento de residuos urbanos:
d Primer semestre: 21 de marzo al 22 de mayo. Domiciliados: 10 de mayo.
d Segundo semestre: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: 21 de marzo al 22 de mayo.
Domiciliados: 10 de mayo.
— Tasa entrada de vehículos: 21 de marzo al 22 de mayo. Domiciliados: 10 de mayo.
— IBI rústica: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— IBI urbana: 20 de julio al 21 de septiembre. Domiciliados: 8 de septiembre.
— Impuesto sobre actividades económicas: 18 de septiembre al 20 de noviembre.
Domiciliados: 20 de octubre.
En Bustarviejo, a 19 de enero de 2023.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.
(01/1.005/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791