D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20230130-34)
Convenio – Convenio de 5 de enero de 2023, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Asociación Sendergran Madrid, para el desarrollo y ejecución del programa “Marchas de senderismo”
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BOCM
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 25
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
34
CONVENIO de 5 de enero de 2023, entre la Agencia Madrileña de Atención
Social de la Comunidad de Madrid y la Asociación Sendergran Madrid, para el
desarrollo y ejecución del programa “Marchas de senderismo”.
Madrid, a 5 de enero de 2023.
REUNIDOS
D.a María Concepción Dancausa Treviño, Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud
y Política Social, nombrada por Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 146, de 21 de
junio de 2021), en virtud de su cargo y de las facultades que le confieren el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero. Actúa, asimismo, en calidad de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social y representante legal de la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19
de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado Cinco.1.a) del artículo 5 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
De otra parte, D. Manuel Honrubia Siles, con N.o D.N.I. 26****69L en nombre y representación de la Asociación Sendergran Madrid, inscrita en el Registro de Asociaciones
de la Comunidad de Madrid con el número 35.257, CIF: G-87173829, con domicilio en la
calle Romero Basart, n.o 74 posterior, 28044 Madrid.
Se reconocen recíprocamente la representación con la cual los comparecientes actúan
y la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento.
Que la Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS) es un organismo
autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, que en virtud de lo establecido en el artículo 5.2 de
la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, le corresponde ejercer la gestión directa, el desarrollo y el control de los
centros y servicios de asistencia social especializados para personas mayores, personas con
discapacidad intelectual, menores en acogida y adultos con necesidades sociales concretas,
que, siendo de titularidad de la Comunidad de Madrid, le han sido asignados de conformidad con la normativa aplicables, así como de los que se le asignen en el futuro.
Entre las competencias que tiene atribuidas por esta Ley se encuentran “la promoción,
desarrollo y gestión de recursos de atención social a las personas, a las familias y a los grupos en que estas se integran para favorecer su bienestar”, así como la “colaboración con Administraciones Públicas, corporaciones, entidades públicas o privadas y particulares, cuya
competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para el cumplimiento de los fines
atribuidos a la Agencia”.
Asimismo, el Decreto 230/2015, de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, en su artículo 3.2.a), punto tercero atribuye la competencia a la Gerencia del Organismo para “Implantar programas y acciones integrales de mejora de la atención directa de los usuarios, sus
aspectos asistenciales, sociales y lúdicos, garantizando una atención personalizada, así
como la mejora de la calidad de los servicios”.
BOCM-20230130-34
MANIFIESTAN
Pág. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 25
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
34
CONVENIO de 5 de enero de 2023, entre la Agencia Madrileña de Atención
Social de la Comunidad de Madrid y la Asociación Sendergran Madrid, para el
desarrollo y ejecución del programa “Marchas de senderismo”.
Madrid, a 5 de enero de 2023.
REUNIDOS
D.a María Concepción Dancausa Treviño, Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud
y Política Social, nombrada por Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 146, de 21 de
junio de 2021), en virtud de su cargo y de las facultades que le confieren el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero. Actúa, asimismo, en calidad de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social y representante legal de la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19
de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado Cinco.1.a) del artículo 5 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
De otra parte, D. Manuel Honrubia Siles, con N.o D.N.I. 26****69L en nombre y representación de la Asociación Sendergran Madrid, inscrita en el Registro de Asociaciones
de la Comunidad de Madrid con el número 35.257, CIF: G-87173829, con domicilio en la
calle Romero Basart, n.o 74 posterior, 28044 Madrid.
Se reconocen recíprocamente la representación con la cual los comparecientes actúan
y la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento.
Que la Agencia Madrileña de Atención Social (en adelante AMAS) es un organismo
autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, que en virtud de lo establecido en el artículo 5.2 de
la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, le corresponde ejercer la gestión directa, el desarrollo y el control de los
centros y servicios de asistencia social especializados para personas mayores, personas con
discapacidad intelectual, menores en acogida y adultos con necesidades sociales concretas,
que, siendo de titularidad de la Comunidad de Madrid, le han sido asignados de conformidad con la normativa aplicables, así como de los que se le asignen en el futuro.
Entre las competencias que tiene atribuidas por esta Ley se encuentran “la promoción,
desarrollo y gestión de recursos de atención social a las personas, a las familias y a los grupos en que estas se integran para favorecer su bienestar”, así como la “colaboración con Administraciones Públicas, corporaciones, entidades públicas o privadas y particulares, cuya
competencia o actividad tenga incidencia o sea de interés para el cumplimiento de los fines
atribuidos a la Agencia”.
Asimismo, el Decreto 230/2015, de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, en su artículo 3.2.a), punto tercero atribuye la competencia a la Gerencia del Organismo para “Implantar programas y acciones integrales de mejora de la atención directa de los usuarios, sus
aspectos asistenciales, sociales y lúdicos, garantizando una atención personalizada, así
como la mejora de la calidad de los servicios”.
BOCM-20230130-34
MANIFIESTAN