D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230130-33)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2022, de cooperación educativa entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Comunidad de Madrid a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Dirección General de Economía
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 25

Tercera
Espacios y colaboración
El período de prácticas que los estudiantes realicen en la Dirección General de Economía a los efectos de realizar sus prácticas curriculares tendrá la duración prevista en el plan
de estudios de los Grados/Posgrados anteriormente citados.
La colaboración que presta la Dirección General de Economía estará supeditada a las
necesidades y disponibilidad del servicio, por lo que, surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio seguirá vigente quedando extinguido si persisten estas situaciones durante un período consecutivo superior a un año sin que sea preciso denuncia
previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad Carlos III de Madrid.
Cuarta
Condiciones
La Universidad Carlos III de Madrid presentará a la Dirección General de Economía
los candidatos que, dentro de las condiciones generales establecidas en el presente convenio, mejor se ajusten al perfil solicitado por la Dirección General de Economía en la convocatoria del programa de prácticas empresariales. La Dirección General de Economía seleccionará entre los candidatos propuestos a los estudiantes que finalmente realizarán dicho
programa de prácticas profesionales.
La relación nominal de estudiantes que realizarán las prácticas, así como la aceptación
por estos de las condiciones establecidas en este convenio quedará recogida en el modelo
anexo.
En dicho anexo, asimismo, se determinarán las fechas de comienzo y finalización, el
horario, lugar de desarrollo, y el proyecto formativo de las prácticas para cada uno de los
estudiantes que participen en el programa. En todo caso los horarios serán compatibles con
la actividad académica formativa del estudiante, así como de representación y participación
desarrollada por el mismo en la Universidad Carlos III de Madrid. Queda incorporado al
presente convenio el modelo anexo que forma parte inseparable del mismo.
Quinta
Régimen de prácticas
Durante el período de prácticas los estudiantes serán titulares de los derechos y obligaciones recogidos en el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, estando igualmente sometidos a las estipulaciones del presente convenio, y al régimen de funcionamiento de los centros directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de actividades de formación, y a las normas de confidencialidad de datos, procesos, y actividades de los que tengan
conocimiento, y específicamente al secreto estadístico establecido en la Ley de 12/1995, de
21 de abril, de Estadística de la Comunidad de Madrid, al igual que a las normas de prevención de riesgos laborales. Así mismo, los estudiantes deberán mantener contacto con sus tutores en la forma que estos les indiquen.
Sexta
Bolsas o ayudas al estudio

Séptima
Actuaciones de los Centros Directivos y tutores
La Dirección General de Economía comunicará al estudiante seleccionado en prácticas, la fecha del comienzo y finalización de las prácticas, así como el horario, el lugar de
desarrollo y el contenido de las mismas, designando un responsable que actuará como tutor del estudiante que coordinará la ejecución de las prácticas junto con un tutor designado
por la Universidad Carlos III de Madrid.

BOCM-20230130-33

Los estudiantes que se beneficien de las estipulaciones recogidas en el presente convenio no serán beneficiarios de bolsa o ayuda al estudio de ninguna clase.