C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230128-2)
Convenio colectivo – Resolución de 11 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Entidad Urbanística de Conservación de Eurovillas (código número 28011852012002)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 24
SÁBADO 28 DE ENERO DE 2023
Pág. 65
GRUPO PROFESIONAL VI:
Pertenecen a este grupo profesional:
-SUBALTERNOS
-PEONES
Pertenecen al nivel profesional 9, área de actividad B, los trabajadores encargados de ejecutar
labores auxiliares de carácter general para cuya realización puede ser preciso esfuerzo físico, no
siendo su actividad constitutiva de un oficio determinado, estando bajo la dependencia directa de
otro trabajador de nivel salarial superior de quien reciben instrucciones precisas.
Son tareas fundamentales de esta categoría:
Limpieza de vehículos y maquinaria en general.
Limpieza de patios y otros anejos del Centro de trabajo.
Atención de elevadores y maquinarias de similar complejidad.
Realización de recados.
Operaciones manuales diversas o con ayuda de elementos mecánicos simples, así como de
carga y descarga, efectuando, si es preciso, el transporte y la ordenación de mercancías.
Pertenecen al nivel profesional 9, área de actividad B, los trabajadores encargados de ejecutar
labores para cuya realización se requiere, preferentemente, esfuerzo físico, no siendo su actividad
constitutiva de un oficio determinado, y estando siempre bajo la supervisión directa de otro
trabajador, Jefe, Encargado y/o la coordinación de un Oficial, del que reciben instrucciones
precisas.
Son tareas fundamentales de esta categoría:
Mezclar y hacer la pasta y envueltos.
Aprisionar y enrasar.
Manejar las máquinas vibradoras u otras herramientas en operaciones de cavado y similares.
Operaciones elementales con máquinas sencillas, entendiéndose por tales aquellas que no
requieran adiestramiento y conocimiento específicos.
Operaciones de carga y descarga manuales o con ayuda de elementos mecánicos simples.
Operaciones de transporte manual.
ANEXO IV
GRUPO
PROFESIONAL
NIVEL
SALARIAL
I
1
Coordinador
--
1
2
Jefe Administración y Gestión
A
3
Jefe Mantenimiento y Obras
B
3
3
Encargado y Capataz
B
4
4
Técnico Administrativo
A
5
5
Técnico Especialista
B
8
Oficial Administrativo
A
5
Oficial Especialista
B
8
7
Ayudante Especialista
B
9
8
Auxiliar Administrativo
A
7
9
Peones y Subalternos
B
10
II
III
IV
6
V
VI
CATEGORIA
AREA
ACTIVIDAD
GRUPO
COTIZACIÓN
GRUPO
COTIZACIÓN
NIVEL
SALARIO BASE
MENSUAL 2022
SALARIO
BASE ANUAL
1
1
3
2
Coordinador
3.482,50
48.755,00
Jefes
3.127,79
4
43.789,06
3
Encargado y Capataces
2.116,66
29.633,24
5
4
Técnicos Administrativos
1.923,03
26.922,42
8
5
Técnicos Especialistas
1.785,25
24.993,50
5/8
6
Oficiales
1.665,54
23.317,56
9
7
Ayudantes Especialistas
1.547,00
21.658,00
7
8
Auxiliares Administrativos
1.464,06
20.496,84
10
9
Peones y Subalternos
1.367,46
19.144,44
DENOMINACIÓN
BOCM-20230128-2
ANEXO V (euros)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 24
SÁBADO 28 DE ENERO DE 2023
Pág. 65
GRUPO PROFESIONAL VI:
Pertenecen a este grupo profesional:
-SUBALTERNOS
-PEONES
Pertenecen al nivel profesional 9, área de actividad B, los trabajadores encargados de ejecutar
labores auxiliares de carácter general para cuya realización puede ser preciso esfuerzo físico, no
siendo su actividad constitutiva de un oficio determinado, estando bajo la dependencia directa de
otro trabajador de nivel salarial superior de quien reciben instrucciones precisas.
Son tareas fundamentales de esta categoría:
Limpieza de vehículos y maquinaria en general.
Limpieza de patios y otros anejos del Centro de trabajo.
Atención de elevadores y maquinarias de similar complejidad.
Realización de recados.
Operaciones manuales diversas o con ayuda de elementos mecánicos simples, así como de
carga y descarga, efectuando, si es preciso, el transporte y la ordenación de mercancías.
Pertenecen al nivel profesional 9, área de actividad B, los trabajadores encargados de ejecutar
labores para cuya realización se requiere, preferentemente, esfuerzo físico, no siendo su actividad
constitutiva de un oficio determinado, y estando siempre bajo la supervisión directa de otro
trabajador, Jefe, Encargado y/o la coordinación de un Oficial, del que reciben instrucciones
precisas.
Son tareas fundamentales de esta categoría:
Mezclar y hacer la pasta y envueltos.
Aprisionar y enrasar.
Manejar las máquinas vibradoras u otras herramientas en operaciones de cavado y similares.
Operaciones elementales con máquinas sencillas, entendiéndose por tales aquellas que no
requieran adiestramiento y conocimiento específicos.
Operaciones de carga y descarga manuales o con ayuda de elementos mecánicos simples.
Operaciones de transporte manual.
ANEXO IV
GRUPO
PROFESIONAL
NIVEL
SALARIAL
I
1
Coordinador
--
1
2
Jefe Administración y Gestión
A
3
Jefe Mantenimiento y Obras
B
3
3
Encargado y Capataz
B
4
4
Técnico Administrativo
A
5
5
Técnico Especialista
B
8
Oficial Administrativo
A
5
Oficial Especialista
B
8
7
Ayudante Especialista
B
9
8
Auxiliar Administrativo
A
7
9
Peones y Subalternos
B
10
II
III
IV
6
V
VI
CATEGORIA
AREA
ACTIVIDAD
GRUPO
COTIZACIÓN
GRUPO
COTIZACIÓN
NIVEL
SALARIO BASE
MENSUAL 2022
SALARIO
BASE ANUAL
1
1
3
2
Coordinador
3.482,50
48.755,00
Jefes
3.127,79
4
43.789,06
3
Encargado y Capataces
2.116,66
29.633,24
5
4
Técnicos Administrativos
1.923,03
26.922,42
8
5
Técnicos Especialistas
1.785,25
24.993,50
5/8
6
Oficiales
1.665,54
23.317,56
9
7
Ayudantes Especialistas
1.547,00
21.658,00
7
8
Auxiliares Administrativos
1.464,06
20.496,84
10
9
Peones y Subalternos
1.367,46
19.144,44
DENOMINACIÓN
BOCM-20230128-2
ANEXO V (euros)