C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230127-14)
Instrucciones gestión nóminas – Orden de 18 de enero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 23
VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
Pág. 73
2. Importes mensuales del componente singular del complemento específico
Uno. Componente singular del complemento específico por desempeño de órganos unipersonales de gobierno
A) Centros docentes acogidos a los Acuerdos de 12 de febrero de 2009 y 21 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno
DIRECTOR
CENTROS
FACTOR FIJO MENSUAL
VICEDIRECTOR, SECRETARIO, JEFE DE ESTUDIOS
PORCENTAJE DEL COMPONENTE SINGULAR
DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO
DEL PUESTO DE DIRECTOR DEL CENTR
AL QUE ESTÁN ADSCRITOS
FACTOR VARIABLE
MENSUAL
Colegios de Infantil y Primaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Institutos de Educación Secundaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Conservatorios Profesionales de Música y AAEE
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Escuelas de Artes Plásticas y Diseño
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Colegios de Infantil, Primaria y ESO
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Integrados de Música y Educación Secundaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Colegios Rurales Agrupados
681,52
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Específicos de Educación Especial
993,19
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centro Educación Especial "María Soriano (*)
1.103,55
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Integrados de Formación Profesional
1.103,55
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas
1.434,59
(*)
Sin factor variable
60%
El límite máximo de las cantidades a percibir por el nuevo sistema retributivo es de 1.786,07 euros mensuales
IMPORTE
MENSUAL
Secretario y jefe de estudio de sección de educación
secundaria
Jefes de estudio adjunto
540,76
358,00
B) Centros docentes exceptuados de los Acuerdo de 12 de febrero de 2009 y 21 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno
ÓRGANOS UNIPERSONALES
DE GOBIERNO
TIPOS DE
CENTRO
ESCUELAS
DE IDIOMAS
AULAS
HOSPITALARIAS
CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL
CENTROS DE EDUCACIÓN
PERMANENTE DE ADULTOS
A
1028,50
744,73
831,58
914,23
B
914,23
674,63
748,42
822,81
C
822,81
495,01
677,40
744,73
D
742,82
368,00
613,64
674,63
E
240,95
450,26
495,01
F
100,86
334,73
368,00
548,54
Director
A
620,93
B
548,54
C
491,41
Vicedirector
Secretario
Jefe de estudios adjunto
438,05
A
620,93
376,75
498,95
B
548,54
359,25
446,98
491,41
C
491,41
271,63
342,69
376,75
D
438,05
201,52
326,78
359,25
E
438,05
A
620,93
376,75
498,95
548,54
B
548,54
359,25
446,98
491,41
C
491,41
271,63
342,69
376,75
D
438,05
201,52
326,78
359,25
E
438,05
144,59
247,07
271,63
291,81
C) Centros que imparten bachillerato de excelencia, Acuerdo del Consejo de Gobierno del 22 de septiembre de 2011
IMPORTE
MENSUAL
Director
Secretario y Jefe de Estudios
1.434,59
860,76
BOCM-20230127-14
Jefe de estudios
D
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 23
VIERNES 27 DE ENERO DE 2023
Pág. 73
2. Importes mensuales del componente singular del complemento específico
Uno. Componente singular del complemento específico por desempeño de órganos unipersonales de gobierno
A) Centros docentes acogidos a los Acuerdos de 12 de febrero de 2009 y 21 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno
DIRECTOR
CENTROS
FACTOR FIJO MENSUAL
VICEDIRECTOR, SECRETARIO, JEFE DE ESTUDIOS
PORCENTAJE DEL COMPONENTE SINGULAR
DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO
DEL PUESTO DE DIRECTOR DEL CENTR
AL QUE ESTÁN ADSCRITOS
FACTOR VARIABLE
MENSUAL
Colegios de Infantil y Primaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Institutos de Educación Secundaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Conservatorios Profesionales de Música y AAEE
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Escuelas de Artes Plásticas y Diseño
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Colegios de Infantil, Primaria y ESO
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Integrados de Música y Educación Secundaria
606,95
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Colegios Rurales Agrupados
681,52
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Específicos de Educación Especial
993,19
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centro Educación Especial "María Soriano (*)
1.103,55
0,58 euros por alumno matriculado
54%
Centros Integrados de Formación Profesional
1.103,55
0,58 euros por alumno matriculado
60%
Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas
1.434,59
(*)
Sin factor variable
60%
El límite máximo de las cantidades a percibir por el nuevo sistema retributivo es de 1.786,07 euros mensuales
IMPORTE
MENSUAL
Secretario y jefe de estudio de sección de educación
secundaria
Jefes de estudio adjunto
540,76
358,00
B) Centros docentes exceptuados de los Acuerdo de 12 de febrero de 2009 y 21 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno
ÓRGANOS UNIPERSONALES
DE GOBIERNO
TIPOS DE
CENTRO
ESCUELAS
DE IDIOMAS
AULAS
HOSPITALARIAS
CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL
CENTROS DE EDUCACIÓN
PERMANENTE DE ADULTOS
A
1028,50
744,73
831,58
914,23
B
914,23
674,63
748,42
822,81
C
822,81
495,01
677,40
744,73
D
742,82
368,00
613,64
674,63
E
240,95
450,26
495,01
F
100,86
334,73
368,00
548,54
Director
A
620,93
B
548,54
C
491,41
Vicedirector
Secretario
Jefe de estudios adjunto
438,05
A
620,93
376,75
498,95
B
548,54
359,25
446,98
491,41
C
491,41
271,63
342,69
376,75
D
438,05
201,52
326,78
359,25
E
438,05
A
620,93
376,75
498,95
548,54
B
548,54
359,25
446,98
491,41
C
491,41
271,63
342,69
376,75
D
438,05
201,52
326,78
359,25
E
438,05
144,59
247,07
271,63
291,81
C) Centros que imparten bachillerato de excelencia, Acuerdo del Consejo de Gobierno del 22 de septiembre de 2011
IMPORTE
MENSUAL
Director
Secretario y Jefe de Estudios
1.434,59
860,76
BOCM-20230127-14
Jefe de estudios
D