Parla (BOCM-20230126-84)
Régimen económico. Padrón fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 333
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
NÚMERO DE RECIBOS
IMPORTE
20
23.556,14€
Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter
de notificación colectiva a que hace referencia al artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
— Plazo de exposición: quince días, a contar desde la inserción de este anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán ser
examinados y ser presentados recursos y reclamaciones en base a lo siguiente, de
conformidad con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, potestativamente, podrá interponerse recurso
de reposición ante el concejal del Área Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos,
Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Parla, con carácter previo a la reclamación económico-administrativa, o bien, directamente, reclamación económicoadministrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Jurado EconómicoAdministrativo del Ayuntamiento de Parla, en el plazo de un mes, contado desde
el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
— Plazo de ingreso en período voluntario: del 1 de febrero a 31 de marzo de 2023.
— Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personándose por sí o a
través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, en los horarios de atención al público: Caixabank, IberCaja,
Banco Caja Castilla-La Mancha, Banco Santander, Deutsche Bank, Bilbao Bizkaia
Kutxa (BBK), Banco Sabadell, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) y Banco
Popular.
También se podrá hacer efectivo el pago de estos tributos a través de la Sede Electrónica crédito o débito de cualquier entidad bancaria. Para ello es necesario disponer de un certificado digital válido.
En caso de que no se reciba el aviso de pago o el extravío del mismo se podrá solicitar, durante el período de pago en período voluntario señalado, y disponiendo de
la suficiente acreditación, un duplicado del mismo vía Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla.
— Recursos: contra los datos contenidos en los padrones y listas cobratorias de los
recibos objeto de esta comunicación, y en caso de disconformidad con los mismos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legisla-
BOCM-20230126-84
Anuncio de cobranza de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público local, cajeros automáticos instalados en la vía pública, para el ejercicio 2023.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que se halla expuesto al público, para su consulta por quien acredite un interés cierto y previa solicitud, en la sede de la Oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Parla, situada en la calle Severo Ochoa, números 7-9,
el padrón de contribuyentes y listas cobratorias la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, cajeros automáticos instalados en la vía pública, del ejercicio 2023.
B.O.C.M. Núm. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
Pág. 333
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
NÚMERO DE RECIBOS
IMPORTE
20
23.556,14€
Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter
de notificación colectiva a que hace referencia al artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
— Plazo de exposición: quince días, a contar desde la inserción de este anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán ser
examinados y ser presentados recursos y reclamaciones en base a lo siguiente, de
conformidad con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, potestativamente, podrá interponerse recurso
de reposición ante el concejal del Área Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos,
Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Parla, con carácter previo a la reclamación económico-administrativa, o bien, directamente, reclamación económicoadministrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Jurado EconómicoAdministrativo del Ayuntamiento de Parla, en el plazo de un mes, contado desde
el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago.
— Plazo de ingreso en período voluntario: del 1 de febrero a 31 de marzo de 2023.
— Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personándose por sí o a
través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, en los horarios de atención al público: Caixabank, IberCaja,
Banco Caja Castilla-La Mancha, Banco Santander, Deutsche Bank, Bilbao Bizkaia
Kutxa (BBK), Banco Sabadell, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) y Banco
Popular.
También se podrá hacer efectivo el pago de estos tributos a través de la Sede Electrónica crédito o débito de cualquier entidad bancaria. Para ello es necesario disponer de un certificado digital válido.
En caso de que no se reciba el aviso de pago o el extravío del mismo se podrá solicitar, durante el período de pago en período voluntario señalado, y disponiendo de
la suficiente acreditación, un duplicado del mismo vía Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla.
— Recursos: contra los datos contenidos en los padrones y listas cobratorias de los
recibos objeto de esta comunicación, y en caso de disconformidad con los mismos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legisla-
BOCM-20230126-84
Anuncio de cobranza de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público local, cajeros automáticos instalados en la vía pública, para el ejercicio 2023.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que se halla expuesto al público, para su consulta por quien acredite un interés cierto y previa solicitud, en la sede de la Oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Parla, situada en la calle Severo Ochoa, números 7-9,
el padrón de contribuyentes y listas cobratorias la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, cajeros automáticos instalados en la vía pública, del ejercicio 2023.