Tres Cantos (BOCM-20230126-94)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 360
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 22
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
TRES CANTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo previsto en el apartado 1, artículo 29 de la Ordenanza General
de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público,
de las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para 2023, se establece lo siguiente:
Calendario fiscal ejercicio 2023
BOCM-20230126-94
Con carácter general, se establece que lo períodos para pagar los tributos de carácter
periódico serán los siguientes:
a) Impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica y tasa por entrada de vehículos
a través de aceras y reservas de espacio en la vía pública: desde el día 1 de marzo
hasta el día 30 de abril.
b) Impuesto de Bienes Inmuebles: desde el día 1 de junio hasta el día 31 de julio.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas: desde el día 1 de octubre hasta el día 30 de
noviembre.
d) Tasa por prestación de servicios de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos: desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril.
Tres Cantos, a 16 de enero de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.
(01/820/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 360
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JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 22
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
TRES CANTOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo previsto en el apartado 1, artículo 29 de la Ordenanza General
de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público,
de las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para 2023, se establece lo siguiente:
Calendario fiscal ejercicio 2023
BOCM-20230126-94
Con carácter general, se establece que lo períodos para pagar los tributos de carácter
periódico serán los siguientes:
a) Impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica y tasa por entrada de vehículos
a través de aceras y reservas de espacio en la vía pública: desde el día 1 de marzo
hasta el día 30 de abril.
b) Impuesto de Bienes Inmuebles: desde el día 1 de junio hasta el día 31 de julio.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas: desde el día 1 de octubre hasta el día 30 de
noviembre.
d) Tasa por prestación de servicios de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos: desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril.
Tres Cantos, a 16 de enero de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.
(01/820/23)
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ISSN 1989-4791