C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230126-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 69/2023, de 13 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 134

JUEVES 26 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 22

6. Plazo de ejecución
Las ayudas referidas, todas con un marcado carácter continuista, serán ejecutadas durante el año 2023.
7. Efectos y resultados perseguidos
Con las ayudas dirigidas a fomentar proyectos de sensibilización, participación y debate, tanto si la
ayuda la recibe un municipio como una entidad juvenil, lo que se pretende es fomentar espacios de
encuentro en los que los jóvenes se sientan oídos, donde sus consideraciones sean tenidas en
cuenta y en los que en los sean los auténticos protagonistas de las cuestiones que se debaten. En
definitiva, hacer ver a los jóvenes que su implicación en las actividades de la sociedad es posible y
también positiva, para ellos y para la sociedad.
A estos resultados hay que sumar, en el caso de los municipios, un mayor uso por los jóvenes de
las infraestructuras municipales y servicios a su alcance y, en el caso de las asociaciones,
promover el asociacionismo y la participación juvenil.
En cuanto a las subvenciones a municipios para infraestructuras en centros de juventud, los
resultados perseguidos son, principalmente, la disminución del ocio relacionado con el alcohol y
resto de conductas poco saludables, la creación de nuevos hábitos de consumo en la juventud.
Los municipios con menor número de habitantes, situados en su mayoría en ámbitos rurales, no
cuentan con alternativas de ocio, por lo que resulta complicado evitar que los jóvenes acudan al
bar o al botellón al carecer de otros puntos de encuentro. Precisamente con esta ayuda lo que se
quiere conseguir en que las entidades locales doten con un equipamiento que atraiga a los jóvenes
ofreciéndoles otras formas de llenar su tiempo de ocio.
Con los premios lo que se persigue es distinguir a los jóvenes que tengan una trayectoria de esfuerzo,
superación, empatía y que, en general, se merezcan un reconocimiento por ser ejemplo para todos,
jóvenes o no. Los Premios Talento Joven Carné Joven-Comunidad de Madrid pretenden reconocer la
labor de los jóvenes como partícipes y artífices de proyectos con gran impacto social y los Premios
Emprendimiento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid quieren reconocer proyectos elaborados
que plantean soluciones novedosas con un marcado compromiso social y/o medioambiental.
8. Indicadores de evaluación
Los indicadores para todas las líneas de subvenciones de esta Subdirección son fundamentalmente
cuantitativos y tendrán en cuenta:
1. Subvenciones a municipios para infraestructuras en centros de juventud:
• Número de municipios que participan en la convocatoria.
2. Subvenciones a municipios para proyectos de sensibilización, participación y debate:
• Número de municipios que participan en la convocatoria.
• Número de jóvenes a los que llega el proyecto.
3. Subvenciones a asociaciones:
• Número de asociaciones que participan en la convocatoria.
• Número de jóvenes que participan en cada proyecto.
4. Premios Talento Joven-Carné Joven:
• Número de candidaturas presentadas en cada una de las modalidades premiadas.
5. Premios Emprendimiento Joven-Carné Joven:
• Número de candidaturas presentadas en cada una de las modalidades premiadas.

Desde la Dirección General de Juventud y, concretamente, la Subdirección General de
Coordinación y Promoción, se llevará a cabo el control y seguimiento técnico de todas las líneas
de subvención que se han detallado y de sus resultados, adoptándose, en su caso, las medidas
que se estimen precisas para la consecución de los objetivos que se persiguen con estas líneas de
ayuda, y para evitar desviaciones con respecto a los planteamientos expuestos.
10. Plan de acción
La convocatoria de las líneas de subvención citadas se prevé realizar en los cuatro primeros meses de
2023, ya que todas las bases reguladoras están aprobadas y no se prevé ninguna modificación.

(03/750/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230126-23

9. Medidas Correctoras