C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230126-17)
Convocatoria subvenciones – Orden 48/2023, de 20 de enero, de corrección de errores de la Orden 1429/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 90
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 22
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
17
ORDEN 48/2023, de 20 de enero, de corrección de errores de la Orden 1429/2022,
de 27 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por
la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de
rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre,
por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU.
Con fecha 31 de mayo de 2022 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID la Orden 1429/2022, de 27 de mayo, por la que se convocan subvenciones en
materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid, correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas
a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de
proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea, Next-Generation-EU.
Advertidos errores en la Orden y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
DE
DISPONGO
Corregir los errores existentes en la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de 27 de mayo, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid.
Uno. En el artículo 13.1,
Donde dice: “La justificación por parte de los destinatarios últimos de la ejecución de
las actuaciones objeto de ayuda debe realizarse ante la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, como órgano Instructor, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de las actuaciones. (…)”
Debe decir: “La justificación por parte de los destinatarios últimos de la ejecución de
las actuaciones objeto de ayuda debe realizarse ante la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, como órgano Instructor, en un plazo máximo de tres meses a contar desde
la finalización de las actuaciones o desde la fecha de la notificación de la concesión, para
el caso de actuaciones finalizadas con anterioridad a la misma. (…)”.
Dos. En el artículo 20.b),
Donde dice: “(…) la gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (…)”.
Debe decir: “(…) la gestión del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (…)”.
BOCM-20230126-17
Artículo único
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 90
JUEVES 26 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 22
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
17
ORDEN 48/2023, de 20 de enero, de corrección de errores de la Orden 1429/2022,
de 27 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por
la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de
rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre,
por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU.
Con fecha 31 de mayo de 2022 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID la Orden 1429/2022, de 27 de mayo, por la que se convocan subvenciones en
materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid, correspondientes al Programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al Programa de ayudas
a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al Programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de
proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea, Next-Generation-EU.
Advertidos errores en la Orden y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
DE
DISPONGO
Corregir los errores existentes en la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de 27 de mayo, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid.
Uno. En el artículo 13.1,
Donde dice: “La justificación por parte de los destinatarios últimos de la ejecución de
las actuaciones objeto de ayuda debe realizarse ante la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, como órgano Instructor, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de las actuaciones. (…)”
Debe decir: “La justificación por parte de los destinatarios últimos de la ejecución de
las actuaciones objeto de ayuda debe realizarse ante la Dirección General de Vivienda y
Rehabilitación, como órgano Instructor, en un plazo máximo de tres meses a contar desde
la finalización de las actuaciones o desde la fecha de la notificación de la concesión, para
el caso de actuaciones finalizadas con anterioridad a la misma. (…)”.
Dos. En el artículo 20.b),
Donde dice: “(…) la gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (…)”.
Debe decir: “(…) la gestión del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (…)”.
BOCM-20230126-17
Artículo único