La Acebeda (BOCM-20230125-65)
Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación terrazas y quioscos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 498
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 21
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
LA ACEBEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230125-65
En virtud de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispongo:
Subsanar el error material advertido en la ordenanza reguladora de la instalación de
terrazas y quioscos de hostelería en espacios públicos del término municipal de la acebeda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de diciembre de 2022), por
acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local. Como a continuación se indica:
Donde dice:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ordenanza será de aplicación, no solo a la instalación de terraza en los espacios de uso y dominio públicos”.
Debe decir:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ordenanza será de aplicación, no solo a la instalación de terraza en los espacios de uso y dominio públicos, sino que es extensiva a todos los espacios libres, abiertos sin restricciones al uso público, independientemente de la titularidad registral, como
pueden ser calles o entrantes particulares, en este último supuesto, los titulares de las terrazas no tendrán que pagar al Ayuntamiento por el concepto de ocupación de la vía pública”.
En La Acebeda, a 13 de enero de 2023.—La alcaldesa, María Rosa García Blanco.
(03/699/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 498
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 21
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
LA ACEBEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230125-65
En virtud de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispongo:
Subsanar el error material advertido en la ordenanza reguladora de la instalación de
terrazas y quioscos de hostelería en espacios públicos del término municipal de la acebeda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de diciembre de 2022), por
acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local. Como a continuación se indica:
Donde dice:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ordenanza será de aplicación, no solo a la instalación de terraza en los espacios de uso y dominio públicos”.
Debe decir:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ordenanza será de aplicación, no solo a la instalación de terraza en los espacios de uso y dominio públicos, sino que es extensiva a todos los espacios libres, abiertos sin restricciones al uso público, independientemente de la titularidad registral, como
pueden ser calles o entrantes particulares, en este último supuesto, los titulares de las terrazas no tendrán que pagar al Ayuntamiento por el concepto de ocupación de la vía pública”.
En La Acebeda, a 13 de enero de 2023.—La alcaldesa, María Rosa García Blanco.
(03/699/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791