C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20230125-26)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 17 de enero de 2023, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan ayudas para la compensación de precios públicos de matrícula de estudios universitarios oficiales para estudiantes en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2022-2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 21
debidamente acreditadas que a criterio de la Comisión afecten gravemente a la situación
económica familiar.
Quedan exonerados de la citada justificación aquellos estudiantes que acrediten ser solicitantes del derecho de asilo o refugio en España o situación asimilable.
Es obligatorio estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, de conformidad con el artículo 13 de la vigente Ley General de Subvenciones y
como se especifica en esta misma base tercera, en el apartado de Requisitos Generales en
el punto h).
Requisitos académicos:
Supondrá un 20 por 100 de la valoración final, conforme a lo establecido en las bases
reguladoras de la Convocatoria.
Segundo
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las normas, bases y procedimiento para la concesión de ayudas tendentes a facilitar que los estudiantes en situación socioeconómica desfavorable puedan iniciar o continuar sus estudios universitarios.
Se establecen ayudas de matrícula.
La ayuda de matrícula se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso
académico del estudiante.
La cuantía máxima se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya
matriculado el estudiante en el curso 2022-2023, sin que dicho importe pueda superar el de
los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los
estudios cursados. En el caso de estudiantes de máster, el importe de la ayuda en ningún
caso podrá superar los 2.100,00 euros.
Tercero
Bases reguladoras
La información relativa a la convocatoria podrá encontrarse en el tablón electrónico
oficial de la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
Cuarto
Cuantía
La presente convocatoria cuenta con financiación de la Comunidad de Madrid que aporta
la cantidad de 767.409 euros que se financiará con cargo a la partida 30.VC.ES.ES 422A 483.09
“Ayudas situación económica desfavorables”.
Quinto
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Universidad
Rey Juan Carlos, o Registro General de la misma, conforme el formulario oficial recogido en
el anexo II, (así como en el siguiente enlace: https://gestion4.urjc.es/programasayudas/login ,
acompañadas de la documentación indicada en las presentes bases.
Una vez validado electrónicamente, el solicitante imprimirá el resguardo de solicitud
que podrá ser requerido por el Servicio de Subvenciones y Ayudas como comprobante de
haber realizado válidamente su solicitud. Dicha solicitud no se considerará valida sin este
resguardo.
BOCM-20230125-26
Plazo y presentación de solicitudes
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 21
debidamente acreditadas que a criterio de la Comisión afecten gravemente a la situación
económica familiar.
Quedan exonerados de la citada justificación aquellos estudiantes que acrediten ser solicitantes del derecho de asilo o refugio en España o situación asimilable.
Es obligatorio estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, de conformidad con el artículo 13 de la vigente Ley General de Subvenciones y
como se especifica en esta misma base tercera, en el apartado de Requisitos Generales en
el punto h).
Requisitos académicos:
Supondrá un 20 por 100 de la valoración final, conforme a lo establecido en las bases
reguladoras de la Convocatoria.
Segundo
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las normas, bases y procedimiento para la concesión de ayudas tendentes a facilitar que los estudiantes en situación socioeconómica desfavorable puedan iniciar o continuar sus estudios universitarios.
Se establecen ayudas de matrícula.
La ayuda de matrícula se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso
académico del estudiante.
La cuantía máxima se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya
matriculado el estudiante en el curso 2022-2023, sin que dicho importe pueda superar el de
los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los
estudios cursados. En el caso de estudiantes de máster, el importe de la ayuda en ningún
caso podrá superar los 2.100,00 euros.
Tercero
Bases reguladoras
La información relativa a la convocatoria podrá encontrarse en el tablón electrónico
oficial de la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios
Cuarto
Cuantía
La presente convocatoria cuenta con financiación de la Comunidad de Madrid que aporta
la cantidad de 767.409 euros que se financiará con cargo a la partida 30.VC.ES.ES 422A 483.09
“Ayudas situación económica desfavorables”.
Quinto
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Universidad
Rey Juan Carlos, o Registro General de la misma, conforme el formulario oficial recogido en
el anexo II, (así como en el siguiente enlace: https://gestion4.urjc.es/programasayudas/login ,
acompañadas de la documentación indicada en las presentes bases.
Una vez validado electrónicamente, el solicitante imprimirá el resguardo de solicitud
que podrá ser requerido por el Servicio de Subvenciones y Ayudas como comprobante de
haber realizado válidamente su solicitud. Dicha solicitud no se considerará valida sin este
resguardo.
BOCM-20230125-26
Plazo y presentación de solicitudes