D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230124-47)
Convenio –  Convenio de 5 de enero de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud, a través del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid, y Asepeyo Mutua Colaboradora de la Seguridad Social número 151, para el suministro de componentes sanguíneos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 466

MARTES 24 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 20

ANEXO I
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN
SIN ACCESO A DATOS PERSONALES
Con base en el presente Convenio, el Servicio Madrileño de Salud y el Hospital Asepeyo Coslada
acuerdan con arreglo a la información creada y suministrada entre las partes las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la ejecución del
convenio, no implica un tratamiento de datos personales propiedad del Servicio Madrileño de Salud,
por lo que se prohíbe al Hospital Asepeyo Coslada el acceso y tratamiento a dichos datos. El Hospital
Asepeyo Coslada se compromete a informar a su personal de esta prohibición y de guardar el debido
secreto y confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o de
manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a la información
confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente convenio, salvo aquella información
que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación
de la Comunidad de Madrid.
SEGUNDA.- DEBER MUTUO DE INFORMACIÓN
Las partes informan a los representantes firmantes del presente convenio de que sus datos
personales, van a ser tratados con la finalidad estipulada en el convenio, siendo imprescindible para
ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento
equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a sus empleados cuyos
datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio.
Las partes se comunicarán mutuamente la identidad de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de
que dicho nombramiento les sea de aplicación.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la
celebración y ejecución del presente convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del convenio y una vez finalizado, durante los plazos
establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades
derivadas de su firma.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al
domicilio social del Responsable, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e
identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de
Protección de Datos.
TERCERA.- RESPONSABILIDAD

BOCM-20230124-47

El Hospital Asepeyo Coslada se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en el
presente Anexo. Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha
infracción.