D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230124-42)
Convenio – Adenda de 28 de diciembre de 2022, de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid para la concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100 por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020
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BOCM
Pág. 418
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 20
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
42
ADENDA de 28 de diciembre de 2022, de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid para la concesión de
ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto
del COVID 2022-2023, financiado al 100 por 100 en el marco de los recursos
REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020.
Madrid, a 28 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud, y Política Social, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Sr. D. José Aniorte Rueda, miembro de la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social,
nombrado mediante Decreto de 20 de junio de 2019, del Alcalde. Por delegación, ostenta
la competencia de suscribir este Convenio en virtud del apartado 3.o 1.1.8 del Acuerdo de 4
de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, en relación con la
competencia de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 20
de junio de 2019 por delegación y desconcentración de competencias.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para el establecimiento de la presente
Adenda de modificación del Convenio de colaboración vigente, y
Que con fecha 18 de junio de 2022, la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, y el Ayuntamiento de Madrid suscribieron un Convenio de colaboración con objeto de regular la colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar
cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de
Madrid, financiadas al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión
a la pandemia de COVID-19.
La Cláusula Decimoprimera del citado Convenio, establece su duración, fijando su vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por su parte, la Cláusula Decimosegunda, recoge la posibilidad de modificación del Convenio en aras a una mejor aplicación y desarrollo del mismo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio, para dotar de un mayor alcance la financiación de las Ayudas a lo largo del período de vigencia,
así como actualizar el procedimiento de justificación conforme a los criterios trasladados
por los órganos de control y verificación del Fondo Social Europeo.
BOCM-20230124-42
MANIFIESTAN
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MARTES 24 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 20
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
42
ADENDA de 28 de diciembre de 2022, de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid para la concesión de
ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto
del COVID 2022-2023, financiado al 100 por 100 en el marco de los recursos
REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020.
Madrid, a 28 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud, y Política Social, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Sr. D. José Aniorte Rueda, miembro de la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social,
nombrado mediante Decreto de 20 de junio de 2019, del Alcalde. Por delegación, ostenta
la competencia de suscribir este Convenio en virtud del apartado 3.o 1.1.8 del Acuerdo de 4
de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, en relación con la
competencia de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 20
de junio de 2019 por delegación y desconcentración de competencias.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para el establecimiento de la presente
Adenda de modificación del Convenio de colaboración vigente, y
Que con fecha 18 de junio de 2022, la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, y el Ayuntamiento de Madrid suscribieron un Convenio de colaboración con objeto de regular la colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar
cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de
Madrid, financiadas al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión
a la pandemia de COVID-19.
La Cláusula Decimoprimera del citado Convenio, establece su duración, fijando su vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por su parte, la Cláusula Decimosegunda, recoge la posibilidad de modificación del Convenio en aras a una mejor aplicación y desarrollo del mismo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio, para dotar de un mayor alcance la financiación de las Ayudas a lo largo del período de vigencia,
así como actualizar el procedimiento de justificación conforme a los criterios trasladados
por los órganos de control y verificación del Fondo Social Europeo.
BOCM-20230124-42
MANIFIESTAN