Miraflores de la Sierra (BOCM-20230123-68)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 19

LUNES 23 DE ENERO DE 2023

Pág. 345

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

MIRAFLORES DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por Resolución de la Alcaldía 2023/0041, de 12 de enero de 2023, se ha aprobado el
siguiente calendario del contribuyente para el ejercicio 2023:
TRIBUTO

PLAZO DE COBRANZA

Impuesto sobre Bienes Inmuebles
(Urbana y Rústica)

Del 01 de Julio al 31 de Agosto de 2023, o inmediato hábil posterior
(fecha de cargo domiciliados: 31/07/2023)
Sistema especial de pago fraccionado:
- 50% cuota: 30 de Abril de 2023
- 50% cuota: 31 de Octubre de 2023

Impuesto de Vehículos de Tracción
Mecánica

Del 01 de Marzo al 30 de abril de 2023, o inmediato hábil posterior
(Fecha de cargo domiciliados: 30/03/2023)

Impuesto sobre Actividades Económicas

Del 01 de Septiembre al 31 de Octubre de 2023, o inmediato hábil posterior
(Fecha de cargo domiciliados: 01/10/2023)

Tasa por recogida de Basuras

Del 01 de Mayo al 30 de Junio de 2023, o inmediato hábil posterior
(Fecha de cargo domiciliados: 31/05/2023)

Tasa de Vados

Del 01 de Marzo al 30 de abril de 2023, o inmediato hábil posterior
(Fecha de cargo domiciliados: 30/03/2023)

BOCM-20230123-68

Dentro de los períodos expresados en el calendario del contribuyente, los contribuyentes podrán hacer efectivo el pago de los tributos en cualquier oficina colaboradora del
Ayuntamiento (La Caixa, Banco Santander y BBVA), mediante la presentación del documento cobratorio expedido por el Ayuntamiento.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de
apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses
de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Miraflores de la Sierra, a 12 de enero de 2023.—El alcalde, Luis Guadalix Calvo.
(01/578/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791