Olmeda de las Fuentes (BOCM-20230123-69)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 19

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

OLMEDA DE LAS FUENTES
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre
de 2022, acordó la aprobación calendario fiscal del municipio de Olmeda de las Fuentes correspondiente al ejercicio 2023, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es ), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación
aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación
aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se pone en conocimiento de los contribuyentes el calendario fiscal para el cobro en período voluntario los tributos de carácter
periódico correspondiente al ejercicio 2023 en:
— Localidad: Olmeda de las Fuentes.
— Oficina de Recaudación: Ayuntamiento de Olmeda; plaza de la Villa, número 2;
28515 Olmeda de las Fuentes.
— Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
— Plazo de ingreso voluntario:
TRIBUTO
Tasa de Basura ejercicio 2023
Impuesto Vehículos Tracción Mecánica 2023
Precio Público Entrada Vehículos a Través de las Aceras 2023
Impuesto Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana 2023
Impuesto Bienes Inmuebles de Naturaleza Rustica 2023
Impuesto de Actividades Económicas 2023

PERIODO DE COBRO
Del 1 de febrero al 3 de abril 2023
Del 1 de febrero al 3 de abril 2023
Del 1 de febrero al 3 de abril 2023
Del 1 de agosto al 2 de octubre 2023
Del 1 de agosto al 2 de octubre 2023
Del 1 de agosto al 2 de octubre 2023

BOCM-20230123-69

La comunicación del período de pago de los distintos padrones se llevará a cabo de forma colectiva mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ( http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es )
durante los quince días previos al inicio de los períodos de cobranza.
Las domiciliaciones de los distintos tributos se cargarán en las cuentas de los contribuyentes durante la primera quincena del período voluntario.
Sistema de fraccionamiento unificado de tributos: para aquellos contribuyentes que
opten de manera voluntaria por acogerse al sistema de fraccionamiento unificado de tributos regulado por ordenanza municipal, el total de sus tributos serán fraccionados en 6 cuotas de igual cantidad durante los meses de mayo a octubre de 2023.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de
demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Olmeda de las Fuentes, a 11 de enero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María Victoria Roldán Prieto.
(01/557/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791