Villar del Olmo (BOCM-20230123-73)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 19
Se efectuará su publicación en la página web del Ayuntamiento de Villar del Olmo así
como la del resto de actos y anuncios de todo el proceso, a título informativo.
4.2. Contenido: la convocatoria deberá indicar:
4.2.1. Denominación y características de la plaza o grupo de plazas, y en el caso de
las funcionariales, escala, subescala y clase para cuyo ingreso se convocan las
pruebas.
4.2.2. Número y clase de las plazas, indicando las que se reserven para personas con
diversidad funcional.
4.2.3. Número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el
que se hayan publicado las presentes bases generales y las correspondientes
específicas.
4.2.4. Plazo y lugar de presentación de las instancias para solicitar tomar parte en las
pruebas selectivas.
4.3. Vinculación de las condiciones: las condiciones de las plazas detalladas en las
bases específicas y/o las convocatorias y sus correspondientes anuncios lo serán a título meramente informativo sin que creen estado ni derechos en las personas aspirantes, ya que estas condiciones se establecen jurídicamente por medio de la plantilla oficial y la Relación
de Puestos de Trabajo que aprueba anualmente y modifica el Pleno de la Corporación Municipal, documentos ambos que sí vinculan al Ayuntamiento.
5. Requisitos de las personas aspirantes
5.1. Requisitos generales: para determinar la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo
de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos generales:
a) Para el acceso como personal funcionario: tener nacionalidad española o la de
cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea; asimismo podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/as españoles/as y de
los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar las personas descendientes de ambos, menores de veintiún años, o mayores de dicha edad que sean dependientes.
Se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
b) Para el acceso como personal laboral: Además de los indicados en el párrafo anterior, las personas extranjeras con residencia legal en España.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho
años para el acceso a aquellas plazas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.
e) No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido objeto de separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo exigido.
f) Estar en posesión de la titulación académica que se determine en las bases específicas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación.
g) Además de estos requisitos, los/as aspirantes deberán reunir los que se detallen en
las correspondientes bases específicas.
5.2. Incompatibilidades: el personal que supere las pruebas selectivas y acceda a la
plantilla municipal quedará sometido/a a régimen de incompatibilidades establecido en la
BOCM-20230123-73
Pág. 352
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 19
Se efectuará su publicación en la página web del Ayuntamiento de Villar del Olmo así
como la del resto de actos y anuncios de todo el proceso, a título informativo.
4.2. Contenido: la convocatoria deberá indicar:
4.2.1. Denominación y características de la plaza o grupo de plazas, y en el caso de
las funcionariales, escala, subescala y clase para cuyo ingreso se convocan las
pruebas.
4.2.2. Número y clase de las plazas, indicando las que se reserven para personas con
diversidad funcional.
4.2.3. Número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el
que se hayan publicado las presentes bases generales y las correspondientes
específicas.
4.2.4. Plazo y lugar de presentación de las instancias para solicitar tomar parte en las
pruebas selectivas.
4.3. Vinculación de las condiciones: las condiciones de las plazas detalladas en las
bases específicas y/o las convocatorias y sus correspondientes anuncios lo serán a título meramente informativo sin que creen estado ni derechos en las personas aspirantes, ya que estas condiciones se establecen jurídicamente por medio de la plantilla oficial y la Relación
de Puestos de Trabajo que aprueba anualmente y modifica el Pleno de la Corporación Municipal, documentos ambos que sí vinculan al Ayuntamiento.
5. Requisitos de las personas aspirantes
5.1. Requisitos generales: para determinar la admisión a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo
de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos generales:
a) Para el acceso como personal funcionario: tener nacionalidad española o la de
cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea; asimismo podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/as españoles/as y de
los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar las personas descendientes de ambos, menores de veintiún años, o mayores de dicha edad que sean dependientes.
Se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
b) Para el acceso como personal laboral: Además de los indicados en el párrafo anterior, las personas extranjeras con residencia legal en España.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho
años para el acceso a aquellas plazas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.
e) No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido objeto de separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo exigido.
f) Estar en posesión de la titulación académica que se determine en las bases específicas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación.
g) Además de estos requisitos, los/as aspirantes deberán reunir los que se detallen en
las correspondientes bases específicas.
5.2. Incompatibilidades: el personal que supere las pruebas selectivas y acceda a la
plantilla municipal quedará sometido/a a régimen de incompatibilidades establecido en la
BOCM-20230123-73
Pág. 352
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID