D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230123-29)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Marid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., por el que se formaliza la concesión directa de una subvención a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., para la financiación de 77 viviendas en alquiler en Nuestra Señora de los Ángeles, número 4, en Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023

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y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación
de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de
la Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero.
Con fecha 22 de octubre de 2021, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27
del Real Decreto 106/2018, la Comunidad de Madrid remitió al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana las previsiones de las actuaciones a desarrollar en ejecución
del Programa de Fomento del Parque de Vivienda en Alquiler, en base a la propuesta efectuada por la Asociación de Promotores Públicos de Vivienda y Suelo de Madrid (AVS
Madrid), entre las que figuraba la promoción de 77 viviendas en Nuestra Señora de los Ángeles, número 4, en Madrid.
Con fecha 23 de diciembre de 2021, de conformidad con el precitado artículo 27 del
Real Decreto 106/2018, se suscribió Acuerdo de la Comisión Bilateral entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento
de Madrid, en el que se establece el marco de colaboración para la promoción de 77 viviendas en Nuestra Señora de los Ángeles, número 4, en Madrid, destinadas a arrendamiento o
cedidas en uso por un plazo mínimo de 25 años, siendo su limitación del precio la establecida en el artículo 29 del Real Decreto 106/2018, asimismo, se determinan las aportaciones
de las diferentes Administraciones, designando a la Empresa Municipal de la Vivienda y
Suelo de Madrid, S.A., como promotor de la actuación.
Tercero
Con la suscripción del Acuerdo de Comisión bilateral de fecha 23 de diciembre
de 2021, la Comunidad de Madrid adquiere diferentes compromisos, entre otros: tramitar y
gestionar la financiación de la actuación conforme a lo establecido en el Real Decreto 106/2018 y en el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan; la supervisión de las actuaciones objeto del Acuerdo; determinar el procedimiento de distribución de los recursos que
asegure los principios de objetividad, publicidad y transparencia en la actuación administrativa; informar de la finalización de las actuaciones al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; certificar que el promotor de la actuación no ha sido perceptor de
subvenciones que para la promoción o rehabilitación de viviendas existan en otros programas del Real Decreto 106/2018 para esa misma actuación; conceder y gestionar las ayudas,
remitiendo al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana toda la información
necesaria para el seguimiento de las actuaciones y, en especial, la relativa al estado de ejecución de los fondos transferidos por el Ministerio y remitir la certificación justificativa de
la inversión realizada correspondiente a las actuaciones del Acuerdo.

La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., tiene competencia en
materia urbanística y entre ellas, la promoción y aprovechamiento de viviendas y locales,
especialmente viviendas de protección pública, así como desarrollar las facultades transferidas por el Ayuntamiento de Madrid en materia de promoción de suelo, construcción, promoción, conservación, rehabilitación y auditoría de viviendas y locales todo ello en virtud
de sus Estatutos sociales.
A la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., como promotor, le
corresponde acometer la promoción de 77 viviendas Nuestra Señora de los Ángeles, número 4, en Madrid, destinadas a arrendamiento por un plazo mínimo de 25 años, con la limitación del precio del arrendamiento establecida en el artículo 29 del Real Decreto 106/2018,
la tramitación y gestión de la documentación y realización de informes técnicos y, la selección de los arrendatarios de las viviendas, que deberán cumplir los requisitos establecidos
en el artículo 32 del citado Real Decreto. Por tanto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.1 del Real Decreto 106/2018, es beneficiario y perceptor de las ayudas.
Quinto
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de noviembre de 2022, se autorizó la concesión directa de una subven-

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Cuarto