D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230123-30)
Convenio – Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., por el que se formaliza la concesión directa de una subvención a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., para la financiación de 205 viviendas en alquiler en Nuestra Señora de los Ángeles, número 14, en Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
Pág. 141
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado quinto del Acuerdo de la Comisión
Bilateral de 23 de diciembre de 2021, el seguimiento de las actuaciones será efectuado por
la Comisión Bilateral de Seguimiento prevista en el Convenio suscrito entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid para la ejecución
del Plan Estatal de Vivienda, que verificará el cumplimiento de las actuaciones programadas, realizando las modificaciones, reajustes o toma de decisiones que resulten necesarios,
ante las eventualidades que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución. Cualquier modificación acordada por esta Comisión que
afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la
modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Las condiciones acordadas en Comisión Bilateral se comunicarán por la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo
de Madrid, S. A. en el plazo de diez días, incorporándose como Anexo y formando parte
del mismo.
Tercera
Actuaciones objeto del Convenio
Las actuaciones objeto del presente Convenio son la construcción por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., en su condición de promotor, de 205 viviendas y 208 garajes, destinadas a arrendamiento por un plazo mínimo de 25 años, con una
calificación energética “A”, en Nuestra Señora de los Ángeles, número 14, en Madrid.
De las 205 viviendas, 116 de ellas, tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media
de 50,43 metros cuadrados; 21 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 53,27 metros cuadrados; 26 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media
de 44,71; 21 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 46,39 metros cuadrados; 7 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 47,27 metros cuadrados; 6 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 56,68 metros cuadrados; 2 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil de 56,87 metros cuadrados;
1 vivienda tendrá un dormitorio y una superficie útil de 56,87 metros cuadrados; 4 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil de 53,54 metros cuadrados, y 1 vivienda tendrá 2 dormitorios con una superficie útil de 73,37 metros cuadrados. La superficie de metros cuadrados útiles totales de las viviendas es de 10.236,89 metros cuadrados.
Los 208 garajes tendrán una superficie de metros cuadrados útiles totales de 5.964,15 metros cuadrados.
205 VIVIENDAS NUESTRA SEÑORA DE LOS ÁNGELES 14
TIPOLOGÍA Y NÚMERO DE VIVIENDAS
Nº
VIVIENDAS
Nº
DORMITORIOS
SUP. ÚTIL
2
MEDIA M
116
1
50,43
21
1
53,27
26
1
44,71
21
1
46,39
7
1
47,27
6
1
53,68
2
1
49,72
1
1
56,87
4
1
53,54
1
2
TOTAL
73,37
10.202,01
Cuarta
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 106/2018, las obras correspondientes a las actuaciones financiadas objeto de este Convenio deberán realizarse en
el plazo máximo de 30 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, que podrá extenderse a 36 meses cuando se trate de promociones de más de 50 viviendas, sin perjuicio del
cumplimiento del resto de la normativa aplicable en materia de vivienda.
Dicho plazo podrá ser incrementado en 6 meses en el supuesto de que por causas ajenas al beneficiario o promotor de la actuación la concesión de la licencia municipal, o auto-
BOCM-20230123-30
Plazo de ejecución de las actuaciones
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
Pág. 141
4. De acuerdo con lo establecido en el apartado quinto del Acuerdo de la Comisión
Bilateral de 23 de diciembre de 2021, el seguimiento de las actuaciones será efectuado por
la Comisión Bilateral de Seguimiento prevista en el Convenio suscrito entre el Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid para la ejecución
del Plan Estatal de Vivienda, que verificará el cumplimiento de las actuaciones programadas, realizando las modificaciones, reajustes o toma de decisiones que resulten necesarios,
ante las eventualidades que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución. Cualquier modificación acordada por esta Comisión que
afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la
modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Las condiciones acordadas en Comisión Bilateral se comunicarán por la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo
de Madrid, S. A. en el plazo de diez días, incorporándose como Anexo y formando parte
del mismo.
Tercera
Actuaciones objeto del Convenio
Las actuaciones objeto del presente Convenio son la construcción por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., en su condición de promotor, de 205 viviendas y 208 garajes, destinadas a arrendamiento por un plazo mínimo de 25 años, con una
calificación energética “A”, en Nuestra Señora de los Ángeles, número 14, en Madrid.
De las 205 viviendas, 116 de ellas, tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media
de 50,43 metros cuadrados; 21 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 53,27 metros cuadrados; 26 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media
de 44,71; 21 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 46,39 metros cuadrados; 7 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 47,27 metros cuadrados; 6 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil media de 56,68 metros cuadrados; 2 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil de 56,87 metros cuadrados;
1 vivienda tendrá un dormitorio y una superficie útil de 56,87 metros cuadrados; 4 viviendas tendrán 1 dormitorio y una superficie útil de 53,54 metros cuadrados, y 1 vivienda tendrá 2 dormitorios con una superficie útil de 73,37 metros cuadrados. La superficie de metros cuadrados útiles totales de las viviendas es de 10.236,89 metros cuadrados.
Los 208 garajes tendrán una superficie de metros cuadrados útiles totales de 5.964,15 metros cuadrados.
205 VIVIENDAS NUESTRA SEÑORA DE LOS ÁNGELES 14
TIPOLOGÍA Y NÚMERO DE VIVIENDAS
Nº
VIVIENDAS
Nº
DORMITORIOS
SUP. ÚTIL
2
MEDIA M
116
1
50,43
21
1
53,27
26
1
44,71
21
1
46,39
7
1
47,27
6
1
53,68
2
1
49,72
1
1
56,87
4
1
53,54
1
2
TOTAL
73,37
10.202,01
Cuarta
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 106/2018, las obras correspondientes a las actuaciones financiadas objeto de este Convenio deberán realizarse en
el plazo máximo de 30 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, que podrá extenderse a 36 meses cuando se trate de promociones de más de 50 viviendas, sin perjuicio del
cumplimiento del resto de la normativa aplicable en materia de vivienda.
Dicho plazo podrá ser incrementado en 6 meses en el supuesto de que por causas ajenas al beneficiario o promotor de la actuación la concesión de la licencia municipal, o auto-
BOCM-20230123-30
Plazo de ejecución de las actuaciones