D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230123-30)
Convenio – Convenio de 21 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., por el que se formaliza la concesión directa de una subvención a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., para la financiación de 205 viviendas en alquiler en Nuestra Señora de los Ángeles, número 14, en Madrid, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 19
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
Pág. 149
Vigesimoprimera
Entrada en vigor, vigencia y resolución del Convenio
BOCM-20230123-30
1. El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y, la vigencia del mismo será de un plazo máximo de cuatro años desde el día de su firma, no obstante, sus efectos se
extienden hasta que finalicen los plazos señalados para la recepción de las ayudas y/o ejecución
de las actuaciones conforme a lo regulado en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y demás
normativa de aplicación.
2. Asimismo, el Convenio podrá ser extinguido por cualquier otra de las causas de
resolución de las contempladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, y con
los efectos contemplados en el artículo 52 de la meritada Ley.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede se firma el convenio de colaboración
por ambas partes.
Madrid, a 21 de diciembre de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, José Ignacio
Tejerina Alfaro.—Por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., el
Presidente del Consejo de Administración, Álvaro González López, y el Consejero Delegado, Diego Lozano Pérez.
(03/129/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 19
LUNES 23 DE ENERO DE 2023
Pág. 149
Vigesimoprimera
Entrada en vigor, vigencia y resolución del Convenio
BOCM-20230123-30
1. El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y, la vigencia del mismo será de un plazo máximo de cuatro años desde el día de su firma, no obstante, sus efectos se
extienden hasta que finalicen los plazos señalados para la recepción de las ayudas y/o ejecución
de las actuaciones conforme a lo regulado en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y demás
normativa de aplicación.
2. Asimismo, el Convenio podrá ser extinguido por cualquier otra de las causas de
resolución de las contempladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, y con
los efectos contemplados en el artículo 52 de la meritada Ley.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede se firma el convenio de colaboración
por ambas partes.
Madrid, a 21 de diciembre de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, José Ignacio
Tejerina Alfaro.—Por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., el
Presidente del Consejo de Administración, Álvaro González López, y el Consejero Delegado, Diego Lozano Pérez.
(03/129/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791