B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230123-24)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 12 de enero de 2023 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico en Urgencias y Emergencias del SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE ENERO DE 2023

Pág. 109

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2023 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la pérdida de derechos de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico en Urgencias y Emergencias del SUMMA 112 del Servicio
Madrileño de Salud.

Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud convocó pruebas selectivas por
el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de
Médico en Urgencias y Emergencias del SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero).
La base segunda de la convocatoria en el apartado 2.1.b) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “Tener la nacionalidad española o la
de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o ser
nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho; igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes”.
En la base 2.1.c) de la convocatoria se establece igualmente como requisito “Estar en
posesión del Título de Médico Especialista, o poseer la certificación habilitadora prevista
en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, o en condiciones de obtenerlo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la
Administración competente para ello antes del fin del plazo de presentación de solicitudes”.
Estos requisitos, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberán
poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión, de conformidad
con lo dispuesto en la base 2.2 de la convocatoria.
Por su parte, la base 9.4 dispone que “Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo casos
de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, la Dirección General
de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud dictará
Resolución motivada en la que se declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en las pruebas selectivas”.
Por Resolución de 16 de noviembre de 2022 de esta Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales se fijó la fecha y el procedimiento a seguir para la elección
de plazas por los aspirantes que hubiesen superado las mencionadas pruebas selectivas, publicándose la relación de plazas ofertadas y determinando la entrega de la documentación
acreditativa. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de noviembre), habilitándose un plazo de diez días hábiles para la elección de plaza y la remisión de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos indicados en la base novena de la convocatoria de este proceso selectivo.
Una vez trascurrido el plazo establecido al efecto, se ha verificado lo siguiente:
Que D. Hatim Sekkat Bouziane, con NIF ***4303**, para el cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1.b) ha presentado una certificación de adquisición de la nacionalidad española y asignación en primera inscripción del DNI, y además el documento nacional de identidad ha sido consultado por medios electrónicos. Ambos documentos tienen

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