Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230120-73)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
Pág. 261
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230120-73
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10.2 de la ordenanza fiscal reguladora
del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, se pone en
conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que con fecha 11 de enero de 2023
el titular del Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha dictado la siguiente resolución:
El apartado cuarto de artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (redactado
por el apartado dos del artículo único del Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre,
por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a la
reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana), establece que los coeficientes máximos que se aplican al cálculo de la plusvalía municipal serán actualizados anualmente mediante norma con rango legal, pudiendo llevarse a cabo dicha actualización mediante las
Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Por su parte, el artículo 10 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana señala que en su apartado 2.o que “el
coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada período de generación, el máximo actualizado vigente, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. En el caso de que las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, u otra norma dictada al efecto, procedan a su actualización, se entenderán automáticamente modificados, facultándose al titular del Órgano de Gestión Tributaria
para, mediante resolución, dar publicidad a los coeficientes que resulten aplicables”.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 (“Boletín Oficial del Estado” número 308, de 24 de diciembre), dispone, en su
artículo 71, la actualización de los importes de los coeficientes máximos que se aplican
al cálculo del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Procede, por tanto, dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 10 de la ordenanza
fiscal reguladora del impuesto, en relación con la actualización de los coeficientes máximos
que se aplican al cálculo de la plusvalía.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Artículo único. Coeficientes de actualización.—De conformidad con el artículo 71
de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023, los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento de devengo, según el período de generación del incremento
de valor, a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, serán los siguientes:
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
Pág. 261
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230120-73
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10.2 de la ordenanza fiscal reguladora
del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, se pone en
conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que con fecha 11 de enero de 2023
el titular del Órgano de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha dictado la siguiente resolución:
El apartado cuarto de artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (redactado
por el apartado dos del artículo único del Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre,
por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a la
reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana), establece que los coeficientes máximos que se aplican al cálculo de la plusvalía municipal serán actualizados anualmente mediante norma con rango legal, pudiendo llevarse a cabo dicha actualización mediante las
Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Por su parte, el artículo 10 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana señala que en su apartado 2.o que “el
coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada período de generación, el máximo actualizado vigente, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. En el caso de que las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, u otra norma dictada al efecto, procedan a su actualización, se entenderán automáticamente modificados, facultándose al titular del Órgano de Gestión Tributaria
para, mediante resolución, dar publicidad a los coeficientes que resulten aplicables”.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 (“Boletín Oficial del Estado” número 308, de 24 de diciembre), dispone, en su
artículo 71, la actualización de los importes de los coeficientes máximos que se aplican
al cálculo del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Procede, por tanto, dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 10 de la ordenanza
fiscal reguladora del impuesto, en relación con la actualización de los coeficientes máximos
que se aplican al cálculo de la plusvalía.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Artículo único. Coeficientes de actualización.—De conformidad con el artículo 71
de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023, los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento de devengo, según el período de generación del incremento
de valor, a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, serán los siguientes: