Madrid (BOCM-20230119-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Reparcelación desarrollo del Este-Los Berrocales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 16
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
BOCM-20230119-56
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2022 y en el expediente 711/2020/18164, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Estimar y desestimar las alegaciones formuladas durante el período de información pública y trámite de audiencia al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, en los términos de los anexos I y II del informe de la Dirección General de Gestión Urbanística
de 28 de diciembre de 2022.
Segundo.—Aprobar el Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado
Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovido por la Junta de
Compensación del ámbito, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Notificar el presente acuerdo a todas las personas interesadas y publicarlo
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de
reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar
desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Madrid, a 9 de enero de 2023.—Por la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/308/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 208
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La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2022 y en el expediente 711/2020/18164, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Estimar y desestimar las alegaciones formuladas durante el período de información pública y trámite de audiencia al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, en los términos de los anexos I y II del informe de la Dirección General de Gestión Urbanística
de 28 de diciembre de 2022.
Segundo.—Aprobar el Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable Programado
Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovido por la Junta de
Compensación del ámbito, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Notificar el presente acuerdo a todas las personas interesadas y publicarlo
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de
reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar
desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Madrid, a 9 de enero de 2023.—Por la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
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