D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230119-25)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2022, entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, y la Fundación para el Conocimiento Madri+d, para promoción de la participación de universidades y centros de investigación en los programas europeos de gestión directa y la potenciación de la atracción de talento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 16

Los miembros de la Comisión no recibirán retribución o indemnización de ningún tipo
por el desarrollo de esta actividad.
Sexta
Vigencia, modificación y extinción del convenio
1. El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma que no será anterior
al día 14 de diciembre de 2022 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023, siendo prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de sucesivas
prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes con un mes de antelación a la finalización de su vigencia.
2. El presente convenio podrá ser objeto en cualquier momento de su vigencia, de
modificación mediante la formalización de la correspondiente adenda.
3. En caso de que en el momento de formalización de la prórroga se desee modificar
por los firmantes el contenido del presente convenio, se tramitará conjuntamente con esta
una adenda que recogerá dichos cambios.
4. Serán causas de resolución del presente convenio:
a) La finalización del plazo de vigencia del convenio.
b) La denuncia expresa del mismo por alguna de las partes.
c) Por mutuo acuerdo por las partes.
d) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes, si previo requerimiento para el cumplimiento del mismo no fuera atendido.
e) La imposibilidad sobrevenida.
f) Cualquier otra causa recogida en la legislación vigente.
Séptima
Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, y a propuesta de la Comisión de Seguimiento, se podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciéndose un plazo
improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de
las mismas.
Asimismo, el incumplimiento podrá ser causa de extinción del convenio según lo recogido en la cláusula sexta.
Octava
Imagen
Cualquier elemento de difusión relacionado con el objeto del presente convenio deberá
incorporar los logos de la Comunidad de Madrid, Fundación para el Conocimiento Madri+d.
Novena
De conformidad con lo recogido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, referente al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018, las partes se comprometen
a respetar la confidencialidad de toda la información y los datos que, por cualquier medio,
lleguen a su conocimiento, como consecuencia de las prácticas durante la vigencia de este
convenio, de sus prórrogas, y una vez finalizada su vigencia, por la causa que sea. Las partes hacen constar de manera expresa que se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de
los datos de que dispongan como consecuencia de este convenio, exceptuando aquel que sea
estrictamente necesario para las finalidades del mismo. En este sentido se comprometen, especialmente, a no ceder a terceros los datos mencionados o los archivos que los contengan,
así como a guardar estricta confidencialidad sobre los mismos. Asimismo, las partes quedan
sometidas a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos.

BOCM-20230119-25

Protección de datos de carácter personal