C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230118-17)
Bien de interés cultural –  Decreto 1/2023, de 11 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, La Casa García Valdecasas, en Pozuelo de Alarcón (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE ENERO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 1/2023, de 11 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, La Casa García Valdecasas, en Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Con base en el informe recabado por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de
conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de
junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la Casa García Valdecasas, en Pozuelo de Alarcón (Madrid), al igual que su homóloga la Casa Carvajal es considerada uno de los mejores ejemplos de arquitectura racionalista y brutalista española de
los años sesenta, diseñada por Javier Carvajal Ferrer, arquitecto fundamental en la segunda
mitad del siglo XX, que modernizó la arquitectura española, por la que fue premiado en
1969 con el Fritz Schumacher a la mejor Arquitectura de Europa; la Dirección General de
Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 8 de abril de 2022, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.
En cumplimiento de la Resolución de incoación de expediente como Bien de Interés
Cultural, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes,
y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID (26 de abril de 2022), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio
de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de
Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos
30347 y RBIC-2022-000004.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid,
en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 3 de mayo de 2022, muestra su
conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución de la Directora General
de Patrimonio Cultural de 8 de abril de 2022 por la que se incoa expediente de declaración
de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de la Casa García Valdecasas,
en Pozuelo de Alarcón (Madrid).
No figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando ni el Colegio Oficial
de Arquitectos de Madrid hayan emitido informe por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración como Bien de Interés Cultural.
Se advierte durante el proceso de instrucción del expediente que únicamente hay una
escultura en el jardín que está vinculada con el proyecto original del inmueble. Asimismo,
se considera necesaria una aclaración sobre las fuentes consideradas como partes integrantes citadas en el texto del Anexo.
Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial, con la salvedad de una corrección relativa a la redacción de las partes integrantes en la que se aclara que sólo hay una escultura incluida en las mismas; así
como una acotación sobre las fuentes. Asimismo, se eliminan del texto las referencias a la
Alhambra de Granada, pues teniendo en cuenta lo debatido en el Consejo Regional de Patrimonio Histórico se considera que éstas pueden llevar a confusión.

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