C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230117-24)
Pruebas titulación académica – Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, en el curso 2022-2023, las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 46
MARTES 17 DE ENERO DE 2023
CÓDIGO
GRADO
TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CENTRO EXAMINADOR
B.O.C.M. Núm. 14
LOCALIDAD
DIRECCIÓN
DE ÁREA
TERRITORIAL
SSCS01
Superior
Educación Infantil
IES JULIO VERNE
LEGANÉS
SUR
SSCS03
Superior
Integración Social
IES BARRIO DE BILBAO
MADRID
CAPITAL
SSCS05
Superior
Mediación Comunicativa
IES PIO BAROJA
MADRID
CAPITAL
TMVM01
Medio
Carrocería
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
TMVM02
Medio
Electromecánica de Vehículos Automóviles
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
TMVS01
Superior
Automoción
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
Tercero
Participantes
1. Para participar en las pruebas convocadas por la presente resolución, las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 3299/2020,
de 15 de diciembre, deben reunir los requisitos siguientes:
a) Tener al menos, dieciocho años de edad para las pruebas de los títulos de Técnico
de Formación Profesional y veinte años para las de Técnico Superior de Formación Profesional o, en su caso, diecinueve años para aquellos que estén en posesión del título de Técnico.
b) Poseer alguna de las titulaciones o formaciones que se enumeran a continuación:
1.o Para los títulos de Técnico de Formación Profesional:
— Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
— Estar en posesión del Título de Graduado en Secundaria.
— Estar en posesión del Título Profesional Básico.
— Estar en posesión del Título de Técnico de Formación Profesional.
— Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
— Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
— Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
— Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos
formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados
por una Administración educativa.
— Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
— Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
— Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos,
el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
— Haber superado seis cursos completos de Humanidades y, al menos, uno
de Filosofía o haber superado cinco cursos de Humanidades y, al menos
dos de Filosofía de la carrera eclesiástica.
— Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de formación
profesional de grado medio.
— Reunir alguna de las condiciones establecidas en el siguiente apartado
para los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional.
— Otros estudios equivalentes a efectos académicos.
2.o Para los títulos de Técnico Superior de formación profesional:
— Estar en posesión del Título de Bachiller determinado en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
BOCM-20230117-24
3. La referencia normativa y la relación completa de los módulos profesionales
que componen cada título convocado, incluyendo los correspondientes códigos y, en su
caso, claves de los mismos, pueden consultarse en el centro examinador y en el portal
http://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/formacion-profesional
4. Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución
y en la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 46
MARTES 17 DE ENERO DE 2023
CÓDIGO
GRADO
TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CENTRO EXAMINADOR
B.O.C.M. Núm. 14
LOCALIDAD
DIRECCIÓN
DE ÁREA
TERRITORIAL
SSCS01
Superior
Educación Infantil
IES JULIO VERNE
LEGANÉS
SUR
SSCS03
Superior
Integración Social
IES BARRIO DE BILBAO
MADRID
CAPITAL
SSCS05
Superior
Mediación Comunicativa
IES PIO BAROJA
MADRID
CAPITAL
TMVM01
Medio
Carrocería
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
TMVM02
Medio
Electromecánica de Vehículos Automóviles
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
TMVS01
Superior
Automoción
CIFP PROFESOR RAÚL
VÁZQUEZ
MADRID
CAPITAL
Tercero
Participantes
1. Para participar en las pruebas convocadas por la presente resolución, las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 3299/2020,
de 15 de diciembre, deben reunir los requisitos siguientes:
a) Tener al menos, dieciocho años de edad para las pruebas de los títulos de Técnico
de Formación Profesional y veinte años para las de Técnico Superior de Formación Profesional o, en su caso, diecinueve años para aquellos que estén en posesión del título de Técnico.
b) Poseer alguna de las titulaciones o formaciones que se enumeran a continuación:
1.o Para los títulos de Técnico de Formación Profesional:
— Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
— Estar en posesión del Título de Graduado en Secundaria.
— Estar en posesión del Título Profesional Básico.
— Estar en posesión del Título de Técnico de Formación Profesional.
— Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
— Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
— Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.
— Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos
formativos de grado medio en centros públicos o privados autorizados
por una Administración educativa.
— Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
— Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
— Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos,
el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
— Haber superado seis cursos completos de Humanidades y, al menos, uno
de Filosofía o haber superado cinco cursos de Humanidades y, al menos
dos de Filosofía de la carrera eclesiástica.
— Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de formación
profesional de grado medio.
— Reunir alguna de las condiciones establecidas en el siguiente apartado
para los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional.
— Otros estudios equivalentes a efectos académicos.
2.o Para los títulos de Técnico Superior de formación profesional:
— Estar en posesión del Título de Bachiller determinado en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
BOCM-20230117-24
3. La referencia normativa y la relación completa de los módulos profesionales
que componen cada título convocado, incluyendo los correspondientes códigos y, en su
caso, claves de los mismos, pueden consultarse en el centro examinador y en el portal
http://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/formacion-profesional
4. Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución
y en la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre.