Getafe (BOCM-20230116-57)
Organización y funcionamiento. Reglamento Gobierno y Administración
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 13

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2022, el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración
del Ayuntamiento de Getafe, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias durante el trámite de información pública, iniciado por el anuncio publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 273, de 16 de noviembre de 2022, queda
definitivamente aprobada la modificación del citado Reglamento, cuyo texto íntegro se
transcribe a continuación.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
“REGLAMENTO ORGÁNICO DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE

El conjunto de reglamentos orgánicos municipales permiten a la ciudad de Getafe reforzar su autonomía y su eficacia institucional, al servicio de una gestión administrativa eficaz y cercana a los ciudadanos, de una descentralización efectiva, de una potenciación del
desarrollo de las competencias municipales en el marco de una colaboración institucional
positiva, y de una mejora de la calidad de los servicios de la ciudad que se corresponde con
las necesidades y ambiciones de sus ciudadanos.
La ciudad de Getafe, por medio del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Getafe, quiere lograr la definición de su régimen de organización con el objetivo de permitir la máxima libertad en su configuración, para la búsqueda
de la eficacia y la agilidad, dentro del respeto a unos principios y marcos básicos establecidos por el Pleno. El reglamento se fundamenta en los principios de objetividad, eficacia,
transparencia y descentralización y reproduce la reserva normativa a favor del Ayuntamiento en cuanto a su organización y funcionamiento, anunciando por medio de su desarrollo
posterior su adaptación a las cambiantes circunstancias de la vida municipal.
El reglamento nace con el deseo de dar respuesta a la demanda de mayor proximidad
que hacen las grandes ciudades de Europa, de dar prioridad al nivel de Administración más
cercano.
El reglamento introduce una nueva clasificación de los actos del alcalde. Se definen
los decretos como normas organizativas internas dentro del ámbito de competencias del alcalde y las resoluciones como los actos del alcalde que resuelven procedimientos concretos
e individuales. Junto a estos dos tipos de actos destaca la introducción de las instrucciones
como el acto del alcalde que le permite dirigir la actividad de la Administración mediante
la fijación de directrices y criterios de ejecución internos.
El título III del reglamento aborda la organización de los órganos directivos, fundada
en la profesionalidad de sus titulares. Se establece la posibilidad de creación de órganos directivos, como nueva figura que permite al Gobierno la máxima libertad en su configuración, pero que también limita su número máximo, como garantía de la racionalidad de la
organización de la Administración Municipal.
El reglamento regula también la Asesoría Jurídica, cuyo funcionamiento se articula en
torno al principio de unidad de doctrina, como instrumento al servicio de la defensa de los
intereses colectivos de la ciudad de Getafe.
En cuanto a la organización de la gestión económico-financiera, el reglamento prevé
la creación de varios órganos para el ejercicio de las funciones de Presupuestación, Contabilidad, Planificación Financiera, Tesorería, Gestión Tributaria y Recaudación, garantizan-

BOCM-20230116-57

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS