Fuenlabrada (BOCM-20230116-52)
Organización y funcionamiento. Acuerdo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 536
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 13
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
FUENLABRADA
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 9 de diciembre
de 2022, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar la modificación del acuerdo sobre disposiciones específicas para el
establecimiento de disposiciones específicas aplicables al Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, aprobado mediante Acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de 10 de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre de 2021), en los siguientes términos:
i) A partir del 1 de enero de 2023, los empleados del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada que ocupen puestos sometidos a régimen de turnos desarrollarán una jornada ordinaria, consistente en un total de 58 jornadas diarias de
veinticuatro horas, más solape (= 1.406 horas, 30 minutos).
ii) Toda la formación destinada a realizar el traspaso del Parque de Bomberos a la
Comunidad de Madrid, que se desarrollará preferiblemente fuera de la jornada ordinaria, se hará con cargo a las 48 horas anuales de formación recogidas en el
Acuerdo de condiciones específicas, con las siguientes particularidades:
— En relación con el ejercicio 2022, el personal del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada no ha realizado aún en este momento la totalidad de las horas de formación recogidas en los artículos 4 y 6 del
Acuerdo de condiciones específicas, razón por la cual las horas de formación
pendientes (12 horas) será destinada a cumplir las exigencias derivadas del
traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid y, por tanto, a realizar la formación requerida por la Comunidad de Madrid.
— En relación con el ejercicio 2023, y desconociéndose en este momento la fecha en que se hará efectivo el traspaso a la Comunidad de Madrid, las partes
convienen que las horas de formación anual (48) prevista en el Acuerdo de
condiciones específicas será destinada a cumplir las referidas exigencias y,
por tanto, a realizar la formación promovida por la Comunidad de Madrid.
— La formación que exceda de las horas máximas anuales de formación prevista
en el Acuerdo de condiciones específicas será realizada fuera de la jornada.
La formación presencial que exceda del número máximo de horas de formación anual será compensada económicamente, a razón del valor de la hora
extraordinaria establecida en el Acuerdo de condiciones comunes de empleadas/os públicas/os del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La formación on-line que exceda del número máximo de horas de formación
anual será compensada económicamente, a razón de un 25 por 100 del tiempo máximo previsto para la realización del curso en lo que exceda del número máximo de horas de formación anual.
iii) Las modificaciones que afectan a la formación se harán efectivas desde el 24 de
noviembre de 2022. Las modificaciones que afectan a la jornada ordinaria se harán efectivas desde el 1 de enero de 2023.
iv) Las presentes condiciones, y las recogidas en el actual Acuerdo de condiciones específicas en lo que se no se oponga a ella, mantendrán su vigencia hasta que se
produzca el traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid, en cuyo
defecto se negociarán las condiciones que, en su caso, deban establecerse si el proceso de traspaso fracasase.
Segundo.—Publicar el acuerdo adoptado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
En Fuenlabrada, a 3 de enero de 2023.—La directora general para la Gestión y Desarrollo de las Personas, Beatriz Sánchez Ruiz.
(03/137/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230116-52
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FUENLABRADA
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 9 de diciembre
de 2022, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar la modificación del acuerdo sobre disposiciones específicas para el
establecimiento de disposiciones específicas aplicables al Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, aprobado mediante Acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de 10 de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22 de septiembre de 2021), en los siguientes términos:
i) A partir del 1 de enero de 2023, los empleados del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Fuenlabrada que ocupen puestos sometidos a régimen de turnos desarrollarán una jornada ordinaria, consistente en un total de 58 jornadas diarias de
veinticuatro horas, más solape (= 1.406 horas, 30 minutos).
ii) Toda la formación destinada a realizar el traspaso del Parque de Bomberos a la
Comunidad de Madrid, que se desarrollará preferiblemente fuera de la jornada ordinaria, se hará con cargo a las 48 horas anuales de formación recogidas en el
Acuerdo de condiciones específicas, con las siguientes particularidades:
— En relación con el ejercicio 2022, el personal del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada no ha realizado aún en este momento la totalidad de las horas de formación recogidas en los artículos 4 y 6 del
Acuerdo de condiciones específicas, razón por la cual las horas de formación
pendientes (12 horas) será destinada a cumplir las exigencias derivadas del
traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid y, por tanto, a realizar la formación requerida por la Comunidad de Madrid.
— En relación con el ejercicio 2023, y desconociéndose en este momento la fecha en que se hará efectivo el traspaso a la Comunidad de Madrid, las partes
convienen que las horas de formación anual (48) prevista en el Acuerdo de
condiciones específicas será destinada a cumplir las referidas exigencias y,
por tanto, a realizar la formación promovida por la Comunidad de Madrid.
— La formación que exceda de las horas máximas anuales de formación prevista
en el Acuerdo de condiciones específicas será realizada fuera de la jornada.
La formación presencial que exceda del número máximo de horas de formación anual será compensada económicamente, a razón del valor de la hora
extraordinaria establecida en el Acuerdo de condiciones comunes de empleadas/os públicas/os del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La formación on-line que exceda del número máximo de horas de formación
anual será compensada económicamente, a razón de un 25 por 100 del tiempo máximo previsto para la realización del curso en lo que exceda del número máximo de horas de formación anual.
iii) Las modificaciones que afectan a la formación se harán efectivas desde el 24 de
noviembre de 2022. Las modificaciones que afectan a la jornada ordinaria se harán efectivas desde el 1 de enero de 2023.
iv) Las presentes condiciones, y las recogidas en el actual Acuerdo de condiciones específicas en lo que se no se oponga a ella, mantendrán su vigencia hasta que se
produzca el traspaso del Parque de Bomberos a la Comunidad de Madrid, en cuyo
defecto se negociarán las condiciones que, en su caso, deban establecerse si el proceso de traspaso fracasase.
Segundo.—Publicar el acuerdo adoptado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
En Fuenlabrada, a 3 de enero de 2023.—La directora general para la Gestión y Desarrollo de las Personas, Beatriz Sánchez Ruiz.
(03/137/23)
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