San Fernando de Henares (BOCM-20230116-65)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 574
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 13
Debe decir:
“10. Calificación del proceso selectivo.
(…)
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo a lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante
concurso punto 7 de las Bases Generales de Estabilización”.
Dada la presente modificación, se amplía el plazo de presentación de instancias en
veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo establecido
previamente, del 20 de enero al 8 de febrero de 2023.
San Fernando de Henares, a 11 de enero de 2023.—El director de Área de Recursos
Humanos, José Antonio Carroza García.
(01/666/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230116-65
mientos Selectivos mediante concurso-oposición de las Bases Generales de
Estabilización.
9.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras plazas distintas a la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante 0,55 puntos,
hasta un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7
del Anexo IV Procedimientos Selectivos mediante concurso-oposición de las
Bases Generales de Estabilización.
9.1.4. Por cada mes completo de experiencia profesional en la empresa privada en la
plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 10 puntos. Sin
perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo IV Procedimientos Selectivos mediante concurso-oposición de las Bases Generales de Estabilización”.
Debe decir:
“9.1. Baremo de méritos:
9.1.1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, como
laboral temporal/indefinido no fijo/funcionario interino, en la plaza objeto de
la convocatoria, independientemente de la jornada 1,20 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III
Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.2. Por cada mes completos de servicios prestados en cualquier Administración
Pública o como empleado/a público/a del resto del sector público, en una plaza igual a la de objeto de la convocatoria, 0,4 puntos, hasta un máximo de 80
puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras plazas distintas a la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante 0,55 puntos,
hasta un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7
del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.4. Por cada mes completo de experiencia profesional en la empresa privada en la
plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización”.
Donde dice:
“10. Calificación del proceso selectivo.
(…)
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo a lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante
concurso-oposición punto 7 de las Bases Generales de Estabilización”.
Pág. 574
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 13
Debe decir:
“10. Calificación del proceso selectivo.
(…)
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo a lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante
concurso punto 7 de las Bases Generales de Estabilización”.
Dada la presente modificación, se amplía el plazo de presentación de instancias en
veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo establecido
previamente, del 20 de enero al 8 de febrero de 2023.
San Fernando de Henares, a 11 de enero de 2023.—El director de Área de Recursos
Humanos, José Antonio Carroza García.
(01/666/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230116-65
mientos Selectivos mediante concurso-oposición de las Bases Generales de
Estabilización.
9.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras plazas distintas a la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante 0,55 puntos,
hasta un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7
del Anexo IV Procedimientos Selectivos mediante concurso-oposición de las
Bases Generales de Estabilización.
9.1.4. Por cada mes completo de experiencia profesional en la empresa privada en la
plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 10 puntos. Sin
perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo IV Procedimientos Selectivos mediante concurso-oposición de las Bases Generales de Estabilización”.
Debe decir:
“9.1. Baremo de méritos:
9.1.1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, como
laboral temporal/indefinido no fijo/funcionario interino, en la plaza objeto de
la convocatoria, independientemente de la jornada 1,20 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III
Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.2. Por cada mes completos de servicios prestados en cualquier Administración
Pública o como empleado/a público/a del resto del sector público, en una plaza igual a la de objeto de la convocatoria, 0,4 puntos, hasta un máximo de 80
puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras plazas distintas a la plaza objeto de la convocatoria en la Administración convocante 0,55 puntos,
hasta un máximo de 10 puntos. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7
del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización.
9.1.4. Por cada mes completo de experiencia profesional en la empresa privada en la
plaza objeto de la convocatoria, 0,05 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante concurso de las Bases Generales de Estabilización”.
Donde dice:
“10. Calificación del proceso selectivo.
(…)
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo a lo establecido en el punto 7 del Anexo III Procedimientos Selectivos mediante
concurso-oposición punto 7 de las Bases Generales de Estabilización”.