A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230116-1)
Incremento retributivo personal sector público –  Acuerdo de 11 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023

Pág. 11

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1

ACUERDO de 11 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, sobre incremento
retributivo del personal al servicio del sector público de la Comunidad de
Madrid para el ejercicio 2023.

El Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023, dispone, en el apartado 1, de su artículo 7 que, en el año 2023, las
retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del artículo 21.1 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022.
No obstante lo anterior, en su apartado 3, el artículo 7 del citado Decreto, permite que las
retribuciones íntegras del personal a que se refiere el artículo 21.1 de la Ley 4/2021, de 23 de
diciembre, puedan experimentar, con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, un
incremento en el mismo porcentaje que, en su caso, sea fijado en la normativa aprobada por
el Estado, teniendo dicho incremento el carácter de a cuenta del que se establezca en la Ley
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023, habiéndose habilitado al Consejo de Gobierno, por parte de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, para adoptar las decisiones que procedan en esta materia en el marco de la política económica autonómica, manteniéndose en vigor
esa habilitación durante el período de prórroga.
En este sentido, el artículo 19.Dos. 1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, normativa básica conforme a lo previsto en
el apartado Once del mismo precepto legal, establece que las retribuciones del personal al
servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por
ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para
los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como
a la antigüedad del mismo.
Por lo expuesto y como consecuencia de la actual situación económico financiera en
la que se encuentra la Comunidad de Madrid, es posible asumir, nuevamente en el ejercicio 2023, el crecimiento de las retribuciones del personal al servicio de su sector público
coincidente con el límite de los máximos porcentajes establecidos a esos efectos por dicha
normativa básica estatal, con las excepciones previstas en la normativa legal presupuestaria autonómica.
En su virtud, al amparo de lo previsto en la disposición adicional decimonovena de la
Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para 2022, y el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía,
Hacienda y Empleo, y previa deliberación en su sesión del día 11 de enero de 2023,

Primero
1. Fijar, para el año 2023, con efectos desde el 1 de enero, un incremento de las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid
contemplado en el artículo 21.1 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogada para el año 2023, del 2,5 por 100
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los
dos períodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la

BOCM-20230116-1

ACUERDA