C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230116-22)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 755/2022, de 29 de diciembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones destinadas a agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 13
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
Pág. 161
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
22
EXTRACTO de la Orden 755/2022, de 29 de diciembre, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se convocan para el año 2023
las subvenciones destinadas a agrupaciones de municipios de la Comunidad de
Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo.
BDNS (668146)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad de
Madrid que formen parte de agrupaciones constituidas para el sostenimiento en común de
puestos de trabajo y que cumplan, en el momento en que se solicite la subvención, los siguientes requisitos:
a) Que su población oficial sea igual o inferior a 5.000 habitantes, según los datos
oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE) a la fecha de publicación del
extracto de la convocatoria.
b) Que el puesto agrupado se encuentre cubierto conforme a las disposiciones vigentes,
en el caso de puestos de Secretario-Interventor deberá estar reservado a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
c) Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecida en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
d) Los beneficiarios de las ayudas deberán estar al corriente de sus obligaciones con
la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas y no tener
deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
Segundo
Objeto
El objeto de esta orden es convocar para el año 2023 las subvenciones destinadas a
agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común
de puestos de trabajo recogidos en sus estatutos.
Tercero
Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria de ayudas fueron aprobadas mediante la Orden 268/2022, de 22 de junio, de la Consejería de Administración Local
y Digitalización por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 154, de 30 de junio de 2022.
BOCM-20230116-22
Bases reguladoras
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 13
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
Pág. 161
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
22
EXTRACTO de la Orden 755/2022, de 29 de diciembre, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se convocan para el año 2023
las subvenciones destinadas a agrupaciones de municipios de la Comunidad de
Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo.
BDNS (668146)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad de
Madrid que formen parte de agrupaciones constituidas para el sostenimiento en común de
puestos de trabajo y que cumplan, en el momento en que se solicite la subvención, los siguientes requisitos:
a) Que su población oficial sea igual o inferior a 5.000 habitantes, según los datos
oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE) a la fecha de publicación del
extracto de la convocatoria.
b) Que el puesto agrupado se encuentre cubierto conforme a las disposiciones vigentes,
en el caso de puestos de Secretario-Interventor deberá estar reservado a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
c) Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecida en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
d) Los beneficiarios de las ayudas deberán estar al corriente de sus obligaciones con
la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas y no tener
deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
Segundo
Objeto
El objeto de esta orden es convocar para el año 2023 las subvenciones destinadas a
agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común
de puestos de trabajo recogidos en sus estatutos.
Tercero
Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria de ayudas fueron aprobadas mediante la Orden 268/2022, de 22 de junio, de la Consejería de Administración Local
y Digitalización por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 154, de 30 de junio de 2022.
BOCM-20230116-22
Bases reguladoras