D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230116-32)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad Las Vegas, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
Pág. 352
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 13
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
32
CONVENIO de colaboración de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad
de Madrid y la Mancomunidad Las Vegas, para la realización de actuaciones
contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, el Ilmo.Sr. D. Vicente Real Díaz, Presidente de la Mancomunidad Las Vegas
(integrada por los municipios de Chinchón, Ciempozuelos, Morata de Tajuña, San Martín
de la Vega, Titulcia y Villaconejos), en virtud de su nombramiento en sesión constitutiva
celebrada el día 26 de julio de 2019, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 7 de los Estatutos de la Mancomunidad y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio de colaboración y
MANIFIESTAN
Primero
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica
3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.25 establece como competencia exclusiva de
la Comunidad de Madrid la promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su
participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural. Por otro
lado, el artículo 26.1.23 establece la competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid en
materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos
sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
Por su parte el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, expresamente establece en su apartado o) como competencia propia de la entidad local,
las actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la
violencia de género.
Este Convenio se fundamenta en lo establecido en los artículos 140.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
de Bases de Régimen Local; y 135 de la Ley Autonómica 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece, en su apartado I, que la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales madrileñas podrán celebrar entre sí los Convenios que tengan por conveniente
en asuntos de su interés común de acuerdo con los principios establecidos en este título y
BOCM-20230116-32
Segundo
Pág. 352
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LUNES 16 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 13
I. COMUNIDAD DE MADRID
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32
CONVENIO de colaboración de 19 de diciembre de 2022, entre la Comunidad
de Madrid y la Mancomunidad Las Vegas, para la realización de actuaciones
contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, el Ilmo.Sr. D. Vicente Real Díaz, Presidente de la Mancomunidad Las Vegas
(integrada por los municipios de Chinchón, Ciempozuelos, Morata de Tajuña, San Martín
de la Vega, Titulcia y Villaconejos), en virtud de su nombramiento en sesión constitutiva
celebrada el día 26 de julio de 2019, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 7 de los Estatutos de la Mancomunidad y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio de colaboración y
MANIFIESTAN
Primero
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica
3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.25 establece como competencia exclusiva de
la Comunidad de Madrid la promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su
participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural. Por otro
lado, el artículo 26.1.23 establece la competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid en
materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos
sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
Por su parte el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, expresamente establece en su apartado o) como competencia propia de la entidad local,
las actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la
violencia de género.
Este Convenio se fundamenta en lo establecido en los artículos 140.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
de Bases de Régimen Local; y 135 de la Ley Autonómica 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, establece, en su apartado I, que la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales madrileñas podrán celebrar entre sí los Convenios que tengan por conveniente
en asuntos de su interés común de acuerdo con los principios establecidos en este título y
BOCM-20230116-32
Segundo