D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230114-3)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y el Ayuntamiento de Patones, para la concesión directa de una subvención en especie valorada en 41.731,78 euros, destinada a financiar el incremento de los costes presupuestados para la ejecución del plan integrado de actuación “Actuaciones urbanas de mejora en el casco de Patones de Arriba”
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 12
11. Ante esta situación se hace inviable cumplir con los compromisos adquiridos por
la Comunidad de Madrid en el convenio de rehabilitación suscrito con el ayuntamiento de Patones sin incrementar el coste máximo de las actuaciones previstas, al menos en un 35 por 100.
12. Por las razones anteriormente señaladas, mediante el presente convenio se procede a otorgar una subvención directa en especie en favor del municipio de Patones valorada en 41.731,78 euros con arreglo al artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo (en
consonancia con lo establecido a su vez por el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones), que prevé la posibilidad de que se adjudiquen de
forma directa “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública”.
13. Del mismo modo, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, contempla en el apartado 3.o del artículo 4.5 la posibilidad de celebrar convenios sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones cuando estos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
Mediante la presente subvención en especie se pretende dar continuidad a la resolución de la convocatoria y hacer efectiva la subvención destinada a actuaciones urbanas para
la mejora en el casco de Patones de Arriba y así poder culminar los trabajos iniciados con
la ejecución de las obras proyectadas.
14. A tal efecto, se ha modificado el Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el objeto de añadir un nuevo epígrafe en el
Anexo II y dar cumplimiento al artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
15. La concesión de esta subvención directa en especie valorada en 41.731,78 euros,
destinada a financiar el incremento de los costes de las actuaciones previstas en el plan integrado de actuación denominado “Actuaciones urbanas de mejora en el casco de Patones
de Arriba”, conlleva la necesidad de modificar el contenido del convenio de rehabilitación
suscrito con fecha 30 de julio de 2020 con el mencionado Ayuntamiento, por lo que, a tal
efecto, en el anexo I del presente convenio se incluye la correspondiente adenda de modificación de las cláusulas del convenio de rehabilitación que se ven afectadas.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es la concesión directa de una subvención en especie
al ayuntamiento de Patones, con carácter excepcional por razones de interés público y que
dificultan su convocatoria pública, con el propósito de financiar el incremento de los costes presupuestados para acometer las actuaciones definidas en el PIA (Plan Integrado de
Actuación) resultante del anterior Plan Estratégico de Subvenciones para la Recuperación
Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021, y denominado “Actuaciones urbanas para la mejora
en el casco de Patones de Arriba”, cuyos objetivos son las actuaciones puntuales de mejora en el casco, para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto.
Segunda
La subvención concedida consiste en una ayuda en especie de conformidad con la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
De tal modo, la ayuda en especie se concreta en que las actuaciones, tales como la ejecución de
las obras y la dirección facultativa de las mismas, así como la coordinación de seguridad y salud
en fase de obras, serán llevadas a cabo por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
Una vez finalizadas las obras, se procederá a la entrega de las mismas sin contraprestación al municipio de Patones en el plazo de un mes desde la recepción de las obras para su
destino al uso público previsto, quedando el municipio sujeto al cumplimiento de las obligaciones que como beneficiario de esta ayuda se establecen en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, así
BOCM-20230114-3
Características de la subvención
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE ENERO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 12
11. Ante esta situación se hace inviable cumplir con los compromisos adquiridos por
la Comunidad de Madrid en el convenio de rehabilitación suscrito con el ayuntamiento de Patones sin incrementar el coste máximo de las actuaciones previstas, al menos en un 35 por 100.
12. Por las razones anteriormente señaladas, mediante el presente convenio se procede a otorgar una subvención directa en especie en favor del municipio de Patones valorada en 41.731,78 euros con arreglo al artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo (en
consonancia con lo establecido a su vez por el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones), que prevé la posibilidad de que se adjudiquen de
forma directa “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública”.
13. Del mismo modo, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, contempla en el apartado 3.o del artículo 4.5 la posibilidad de celebrar convenios sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones cuando estos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
Mediante la presente subvención en especie se pretende dar continuidad a la resolución de la convocatoria y hacer efectiva la subvención destinada a actuaciones urbanas para
la mejora en el casco de Patones de Arriba y así poder culminar los trabajos iniciados con
la ejecución de las obras proyectadas.
14. A tal efecto, se ha modificado el Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el objeto de añadir un nuevo epígrafe en el
Anexo II y dar cumplimiento al artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
15. La concesión de esta subvención directa en especie valorada en 41.731,78 euros,
destinada a financiar el incremento de los costes de las actuaciones previstas en el plan integrado de actuación denominado “Actuaciones urbanas de mejora en el casco de Patones
de Arriba”, conlleva la necesidad de modificar el contenido del convenio de rehabilitación
suscrito con fecha 30 de julio de 2020 con el mencionado Ayuntamiento, por lo que, a tal
efecto, en el anexo I del presente convenio se incluye la correspondiente adenda de modificación de las cláusulas del convenio de rehabilitación que se ven afectadas.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es la concesión directa de una subvención en especie
al ayuntamiento de Patones, con carácter excepcional por razones de interés público y que
dificultan su convocatoria pública, con el propósito de financiar el incremento de los costes presupuestados para acometer las actuaciones definidas en el PIA (Plan Integrado de
Actuación) resultante del anterior Plan Estratégico de Subvenciones para la Recuperación
Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos con valor patrimonial para el período 2018-2021, y denominado “Actuaciones urbanas para la mejora
en el casco de Patones de Arriba”, cuyos objetivos son las actuaciones puntuales de mejora en el casco, para su entrega, una vez finalizadas las obras, al Ayuntamiento de este municipio para su destino al uso público previsto.
Segunda
La subvención concedida consiste en una ayuda en especie de conformidad con la disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.
De tal modo, la ayuda en especie se concreta en que las actuaciones, tales como la ejecución de
las obras y la dirección facultativa de las mismas, así como la coordinación de seguridad y salud
en fase de obras, serán llevadas a cabo por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.
Una vez finalizadas las obras, se procederá a la entrega de las mismas sin contraprestación al municipio de Patones en el plazo de un mes desde la recepción de las obras para su
destino al uso público previsto, quedando el municipio sujeto al cumplimiento de las obligaciones que como beneficiario de esta ayuda se establecen en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, así
BOCM-20230114-3
Características de la subvención